jueves. 25.04.2024

La Ley Penal del Menor en España

¿Qué le espera al menor que comete un delito en nuestro país?

La responsabilidad penal de los menores de edad se regula a través de la Ley Orgánica 5/2000 de Responsabilidad Penal del Menor.

En ella, se recogen las consecuencias del Delito para aquellos mayores de 14 años y menores de 18 años. En el caso de menores de 14, se acude al régimen general de responsabilidad civil (y no penal).

Mientras que en los procedimientos penales normales es el Juez Instructor quien dirige la investigación, en estos casos es el Ministerio Fiscal quien cumple este rol, como garante de la Ley. Esta Ley regula ampliamente el procedimiento de menores, y sustituye al Código Penal en aspectos como las penas a imponer, recogidas en el artículo 7 de las que la más famosa y conocida es el internamiento.

Así, encontramos grandes diferencias punitivas entre el mayor de edad recién cumplido y aquel que tenga 17 años al momento de los hechos, dándose casos en los que el mismo delito tiene dos condenas totalmente distintas.

¿Es necesario cambiarla? ¿Es justa? Lo que es seguro es que esta, como cualquier ley, no debería ser reformada debido a casos puntuales, sino por consenso y necesidad.

La Ley Penal del Menor en España