viernes. 19.04.2024

El delito de Estafa en el Código Penal Español

Analizamos todos los tipos de estafa en la legislación española

El delito de Estafa (248 CP) es de la gama de delitos contra el patrimonio, y castiga aquel que con ánimo de lucro (ganar dinero, ahorrarse un gasto, por ejemplo), engañe ‘bastante’ a otro, haciendo que realice un acto de disposición (una venta, por ejemplo) en su contra o en contra de un tercero. También se incluyen aquellas ‘estafas’ realizadas por fallos informáticos o a través de tarjetas de crédito.

Las penas (249 CP) van de los 6 meses a 3 años (tipo básico), teniéndose en cuenta la cantidad, el perjuicio que se cause, las relaciones entre estafador y estafado, medios y otras circunstancias. Será multa de 1 a 3 meses si lo estafado vale menos de 400€ (delito leve).

Nos iremos a penas de 1 a 6 años y multa de 6 a 12 meses (tipo agravado), cuando concurra algún agravante del artículo 250 CP, y penas de 4 a 8 años, cuando se den varias (1º junto a alguna de la 4º a la 7º) o se estafe más de 250.000€.

  1. Primera necesidad.
  2. Abuso de firma.
  3. Patrimonio histórico/artístico/cultural/científico.
  4. Especial gravedad.
  5. +50.000€ / Múltiples estafados.
  6. Abuso de relaciones / Abuso de Credibilidad empresarial o profesional.
  7. Estafa Procesal.
  8. Reincidencia (3+).

Finalmente, el artículo 251 CP castiga con pena de 1 a 4 años de prisión casos de estafa, fingiendo ser propietario de algún bien, ocultar cargas o gravarlas posteriormente o contratación simulada.

El delito de Estafa en el Código Penal Español