viernes. 19.04.2024

José Antonio Díaz, número 2 del PSOE Jerez, "condenado por delito electoral"

El edil socialista publicó en su perfil de Facebook mensajes pidiendo el voto para el PSOE en el día de reflexión

El concejal llega a un acuerdo, y critica que exista una ley en plena era de la información, entendiendo que "la sociedad es suficientemente madura democráticamente" para cambiar el destino de su voto por una publicación de Facebook

La Junta Electoral remitió la documentación al Juzgado de Instrucción indicando que los hechos denunciados pueden ser constitutivos de una infracción penal prevista en el artículo 144 de la LOREG

Hay que remontarse al pasado sábado 25 de mayo de 2019, día de reflexión de las pasadas elecciones municipales, en el que el número 2 de la lista del PSOE en Jerez, José Antonio Diaz, había publicado mensajes pidiendo el voto en su perfil de Facebook.

Por tales hechos se ha enfrentado a un delito penal, tal como lo resolvió la Junta Electoral de Zona de Jerez de la Frontera tras una denuncia de los populares jerezanos donde se indicaba que las publicaciones del Teniente de Alcaldesa del Ayuntamiento de Jerez, en la red social Facebook pudieran ser constitutivos de una infracción penal recogida en el artículo 144 de la LOREG.

Es ahora cuando el Juzgado de Instrucción número 5 de Jerez habría resuelto el caso con una sentencia de conformidad, con la condena a pagar una multa al político socialista por delito electoral, habiendo reconocido José Antonio Díaz los hechos, acogiéndose a la pena solicitada por el fiscal, y evitando la posible inhabilitación, quedándose el castigo en una multa económica.

En palabras a elMIRA.es, José Antonio Díaz manifiesta que ha "llegado un acuerdo reconociendo lo hechos. No voy a darle más importancia". Además, el concejal aprovecha para criticar que en plena era de la información y la comunicación, aún exista esta ley : "en los tiempos en los que estamos, considero que es una normativa anacrónica, la sociedad es suficientemente madura democráticamente, y más hoy con la evolución de las redes sociales. Habría que cambiar la ley en esta materia".

Por otra parte, la denuncia que el partido socialista interpuso a Antonio Saldaña por una publicación en Facebook en la que el popular se veía en una imagen tras hacer deporte en el día de reflexión, y vistiendo con una camiseta de Jerez Cappital, habría sido archivada "por no solicitar el voto de forma explícita ni de ninguna otra forma", según informan fuentes judiciales a este medio.

En el caso del político socialista, como se ve en las imágenes publicadas en este artículo, publicó en su perfil de Facebook mensajes en los que se habría entendido que pedía el voto para el PSOE y criticando la candidatura de los populares, haciendo caso omiso a la Ley Electoral el mismo día de la jornada de reflexión. En estos casos dicha Ley contempla penas y multas por realizar actos de propaganda una vez finalizado el plazo de campaña electoral.

El precepto de la Ley dispone que: "No puede difundirse propaganda electoral ni realizarse acto alguno de campaña electoral una vez que ésta haya legalmente terminado". La juez estimó en primer caso que la utilización del candidato socialista de la red social Facebook con su evidente capacidad de difusión una actividad orientada y dirigida a la petición del voto a favor de su candidatura con enumeración de logros obtenidos, y al demérito de otra formación, con la intención de influir en los electores.

José Antonio Díaz, número 2 del PSOE Jerez, condenado por delito electoral