martes. 16.04.2024
Petardos

El disparo de petardos en Jerez está prohibido salvo autorización municipal

El Ayuntamiento recuerda en un bando las normas establecidas para la venta, suministro y uso de material pirotécnico

La Policía Local en colaboración con el resto de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad velarán por su estricto cumplimiento

Como es habitual en estas fechas, el Ayuntamiento ha publicado las normas establecidas para la venta, suministro y uso de material pirotécnico establecidas en el Real Decreto 989/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería y en las Ordenanzas de Policía y Buen Gobierno de esta ciudad.

El bando establece que la manipulación o disparo de cohetes, petardos y en general fuegos artificiales “está prohibida salvo que se cuente con autorización municipal expresa. En todo caso se deberán tomar las precauciones debidas para evitar accidentes y molestias a las personas en vías y espacios públicos dentro del término municipal”.

Además, en el bando se establece la prohibición expresa de venta y suministro de material pirotécnico “en aquellos establecimientos que no cuenten con las preceptivas licencias gubernativa y municipal”. Asimismo, queda prohibida la venta de productos pirotécnicos “a aquellas personas que manifiesten de forma clara que pueden encontrarse bajo los efectos de bebidas alcohólicas o sustancias estupefacientes”.

También se recoge , en el Bando, en su artículo tercero que los artículos pirotécnicos no se comercializarán para personas por debajo de las edades mínimas establecidas en estas tres categorías: Categoría 12 años, en la que “se podrá vender a mayores de 12 años artificios de pirotecnia de muy baja peligrosidad y nivel de ruido insignificante destinados a ser usados en zonas delimitadas, incluidos los artificios de pirotecnia destinados a ser utilizados dentro de edificios residenciales”.

En la Categoría 16 años, “se podrá vender a mayores de 16 años artificios de pirotecnia de baja peligrosidad y bajo nivel de ruido destinados a ser utilizados al aire libre en zonas delimitadas; y en la tercera categoría, queda limitado a mayores de 18 años “el uso de artificios de pirotecnia de peligrosidad media destinados a ser utilizados al aire libre en zonas de gran superficie y cuyo nivel de ruido no sea perjudicial para la salud humana”.

Por último, la Policía Local, en colaboración con el resto de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, velarán “por el estricto cumplimiento de este bando y denuncie todas aquellas infracciones que sean cometidas en aplicación de la legislación vigente al respecto”.

En este sentido, se especifica que “la infracción de la misma comportará la incoación del oportuno expediente sancionador y la incautación del material pirotécnico, incluyendo aquellas partidas encontradas en establecimientos o puntos de ventas no autorizados”.

El disparo de petardos en Jerez está prohibido salvo autorización municipal