jueves. 25.04.2024
Caucasian couple arguing on sofa
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Convenio Regulador: ideas generales

Hoy debatimos sobre el artículo 90 CC

En los procedimientos de ruptura del matrimonio (separación, divorcio, nulidad), se hacen múltiples referencias al Convenio Regulador, el cual establece las bases para la separación de la pareja que lo firma.

El artículo 90 del Código Civil establece como base del Convenio Regulador (arts. 81 y 86 Código Civil) los siguientes apartados, que son completamente obligatorios:

  1. El cuidado de los hijos bajo patria potestad, cómo se va a ejercer la patria potestad, y la comunicación y estancia de los hijos con el progenitor que no conviva con ellos habitualmente.
  2. Si fuese necesario, el régimen de visitas y comunicación respecto de los abuelos.
  3. El reparto de la vivienda y el ajuar (los bienes que haya en la casa) familiares.
  4. Contribución a las cargas del matrimonio (hipoteca por ej.) y alimentos, así como el método de actualizarse y garantía en su caso.
  5. Liquidación (cuando sea necesaria, puesto que si se hubiese hecho ya no es necesaria) del régimen económico matrimonial.
  6. Pensión de desequilibrio económico (la pensión compensatoria) del artículo 97 del Código Civil, si corresponde.

Este acuerdo será aprobado por el Juez salvo que sea perjudicial para los intereses de los hijos o muy descompensado para uno de los cónyuges. Se podrá aprobar tanto ante el Juez como ante el Secretario Judicial o Notario competente (desde 2017).

Así, se dará por concluido el matrimonio, siendo este procedimiento preferible a tener que discutir en un procedimiento contencioso de divorcio cómo se acaba el mismo.

Convenio Regulador: ideas generales