miércoles. 24.04.2024

El TSJA anula el nombramiento de 17 directivos de Mamen Sánchez

El Gobierno Local ha sido condenado a pagar las costas de los gastos jurídicos tras volver a sufrir una sentencia en contra a su gestión

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía confirma la anulación de los puestos laborales creados por el Gobierno Local del PSOE de Mamen Sánchez

El pasado jueves se ha conocido la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, confirmatoria de la Sentencia 153/2017, de 6 de junio de 2017, del Juzgado de lo Contencioso Administrativo Nº 1 de Jerez, dictada en un procedimiento de protección de derechos fundamentales interpuesto por un funcionario de carrera del Ayuntamiento.

La sentencia del TSJA, a la que ha tenido acceso MIRA Jerez, confirma la anulación 17 puestos en total que se reservaban exclusivamente al personal laboral en la modificación de la RPT que aprobaron los actuales dirigentes en la Junta de Gobierno del día 4 de marzo de 2016.

Es la primera modificación de la RPT que afrontó el actual gobierno del PSOE, y que resultó extraordinariamente polémica por los innumerables errores cometidos en todo el proceso. Hay que recordar que los sindicatos denunciaron entonces que se habían ocultado documentos de valor esencial y que no hubo negociación siendo esta preceptiva.

Entre las novedades de esta primera modificación socialista de la RPT se encontraba la sorprendente creación de 17 nuevos puestos, todos ellos reservados al personal laboral y con exclusión del personal funcionario de carrera.

En la RPT del Ayuntamiento de Jerez que fue aprobada el 14 de septiembre de 2012, o en las sucesivas modificaciones puntuales que se fueron haciendo bajo la gestión de recursos humanos del gobierno del PP, los puestos de dirección o de jefatura se reservaban solo para el personal funcionario o, en todo caso, permitían la doble adscripción del personal funcionario y del personal laboral pero nunca se había previsto la existencia de un puesto de mando reservado exclusivamente al personal laboral excluyendo al funcionario de carrera.

La creación de estos puestos que no venía avalada por ningún informe jurídico resultaba claramente contraria al principio general de cobertura de los puestos por funcionarios y en consecuencia se estaba vulnerando el derecho fundamental de acceso en condiciones de igualdad a cargos y funciones públicas que establece el artículo 23.2 de la Constitución Española.

Y esto es precisamente lo que vino a decir la sentencia del Juzgado de lo Contencioso que ahora se confirma por el TSJA, dándole la razón íntegramente al funcionario de carrera del Ayuntamiento que recurrió el acuerdo en la vía especial de protección de derechos fundamentales.

Estas sentencias que llegan del contencioso-administrativo, evidencian la nefasta gestión en materia de recursos humanos del actual gobierno del PSOE que contrasta con lo sucedido hasta la llegada de los dirigentes socialistas. Tanto la RPT, la primera de la Historia de este Ayuntamiento y que fue confirmada hasta en 8 ocasiones por el TSJ de Andalucía, como las sucesivas modificaciones, todas en época del gobierno del PP, no encontraron nunca el rechazo de los Tribunales. La primera modificación de la RPT del gobierno de Mamen Sánchez es anulada por los Tribunales.

Una cuestión más que se suma al conjunto de irregularidades. La sentencia dictada en junio de 2017 era de ejecución inmediata sin esperar a la resolución del recurso por el TSJA. El gobierno del PSOE, "desobedeciendo" el mandato judicial, ha mantenido a los empleados municipales en los mismos puestos que han venido actuando, “firmando” en procedimientos algunos de extremada importancia y siendo retribuidos como si esos puestos no hubiesen sido anulados.

El TSJA anula el nombramiento de 17 directivos de Mamen Sánchez