jueves. 25.04.2024

Ideas sobre el sobreseimiento y archivo del sketch de Dani Mateo

Qué son sobreseimiento y archivo y por qué se dan

Esta semana era noticia nuevamente Dani Mateo y su famoso sketch de la bandera. Ya publicamos en su día un post sobre la confrontación entre libertad de expresión y el propio delito, argumentando a su vez que a la luz de las ideas del TEDH (Tribunal Europeo de Derechos Humanos), no constituía delito.

Así, nos encontramos con un Auto (resolución judicial) del Juez que instruía esta causa en el que tras el informe del Ministerio Fiscal, decreta el sobreseimiento provisional y el posterior archivo de la causa. Y lo hace puesto que en dicho informe entiende que no hay ánimo de ultrajar y que se trataba de una puesta en escena desafiante o crítica.

El juez, siguiendo este informe entiende que la actuación es ‘muy desafortunada y provocadora’, pero que no constituye delito conforme al principio de intervención mínima del derecho penal y conforme a los criterios del TEDH sobre la libertad de expresión.

Por tanto, decreta el sobreseimiento provisional (641.1 y 779.1.1 LECRIM), lo que significa que el procedimiento se ‘suspende’ con carácter provisional (se podría reabrir si hubiesen nuevas pruebas, por ej.), y el posterior archivo (se ‘guarda’ el procedimiento).

Ya en su día hablamos que probablemente este sería el resultado puesto que la línea del TEDH es muy férrea en este tipo de situaciones, pero hay que reseñar que si este iba a ser el resultado, la querella debería directamente haberse inadmitido.

Ideas sobre el sobreseimiento y archivo del sketch de Dani Mateo