viernes. 29.03.2024

El Homicidio y el Asesinato

Explicamos los delitos más importantes contra la vida

En nuestro país, el homicidio y el asesinato intencionados se castigan con penas superiores a 10 años de cárcel. En ellos, como todos sabemos, lo que se castiga es el ataque contra el bien jurídico de la vida en su máxima expresión.

El artículo 138 CP en primer lugar castiga el homicidio, con prisión de 10 a 15 años, incluyendo pena superior en grado si se da un delito de atentado o las circunstancias del 140.1 CP.

El artículo 139 CP, con prisión de 15 a 25 años, castiga el asesinato, aquel homicidio que incluya alevosía, precio/recompensa/promesa, ensañamiento o que facilite la comisión de otro delito o que evite que se descubra. Cuando hayan dos o más circunstancias, se aplicará en su mitad superior (2025 años).

El artículo 140.1CP, castiga con la Prisión Permanente Revisable - PPR (ya redactamos un post sobre ella), los asesinatos en los que la víctima sea menor de 16 años o vulnerable, que el hecho fuese subsiguiente a un delito contra la libertad sexual, o se realice por grupo criminal. También se castigará con la PPR a quien mate a más de dos personas.

Así, el CP distingue el Homicidio del Asesinato: la diferencia son las circunstancias del artículo 139 CP. Luego, cuando estemos en sede del artículo 139 CP y se de alguna de las circunstancias del 140.1 CP, estaremos ante una pena de prisión permanente revisable.

El Homicidio y el Asesinato