miércoles. 24.04.2024

Un pequeño accionista gana la primera demanda civil contra el banco Popular

La sentencia sigue la estela del Tribunal Supremo que declaró también nula la compra de las acciones de Bankia

Un pequeño accionista de Oviedo que compró un paquete de acciones en junio, octubre y diciembre de 2016 por importe de 5.455 euros y cuyo valor quedó reducido a cero tras la resolución de la entidad en junio de 2017, acaba de ganar la primera sentencia de compra de acciones contra el Banco Popular.

En la demanda, tal como informa el Bufete Ortiz, se pedía la anulación de la compra de 5.000 acciones del Popular realizada por el demandante tras la ampliación de capital de 2.500 millones en mayo de 2016 realizada por el Banco Popular. Expone el demandante que a finales de mayo del 2016 el Popular anunció una ampliación de capital desarrollando una campaña publicitaria.

Dentro de la misma una empleada del popular recomendó la compra de acciones, afirmando que tenía unas grandes expectativas de revalorización y pagos de dividendos por la situación tan buena en que se encontraba el banco. Pese a que el valor de las acciones bajó en los meses siguientes, la empleada del banco que el recomendó la compra le dijo que no se preocupara, pero que la cotización volvería a subir y podía aprovechar incluso para comprar más acciones puesto que estaban más baratas, lo que así hizo el demandante hasta en dos ocasiones más.

El Banco Popular fue intervenido el 7/06/17 debido a la situación de insolvencia y falta de liquidez a que había llegado, por lo que las acciones se amortizaron. En la demanda el actor ejercita la acción de anulación al sostener que la compra de las acciones se efectuó por la comunicación de daños engañosos y alterados sobre la situación del banco en la situación financiera publicada para la ampliación del capital que llevaron al minorista adquirente a considerar que aquel se encontraba efectivamente en la excelente situación financiera que publicitaba, y, por consiguiente, que sus acciones podrían constituir una buena inversión.

La Sentencia sostiene con base en las dos sentencias del Supremo 91/2016 y 92/2016 de 3 de febrero que resuelven igual pretensión que la ahora deducida respecto de la Oferta Publica de Acciones de la entidad Bankia, que es posible solicitar la nulidad contractual por error vicio en el consentimiento con base al art 38.3 de la Ley del Mercado de Valores y art 56 de la Ley de Sociedades de Capital y que el Banco Popular realizó la ampliación de capital en mayo de 2016 de 2.500 millones aportando unos balances y unos folletos publicitarios que contenían una información financiera contable inexacta e incorrecta en aspectos relevantes como son los beneficios y las pérdidas de la sociedad emisora, por tanto el Banco Popular vulneró la legislación expuesta del Mercado de Valores, al proporcionar una información contable que no se atenía a la situación patrimonial real del banco.

Y ello por cuanto el folleto que exige la normativa de Mercado de Valores sobre ofertas pública de suscripción de acciones tiene por finalidad justamente informar a los potencial inversores sobre la conveniencia de suscribir las acciones que se ofertan, por tener la sociedad una saneada situación patrimonial y financiera y una expectativa fundada de obtener beneficios, para que puedan formar su consentimiento con conocimiento de los elementos esenciales y los riesgos que pueden afectar previsiblemente a las acciones objeto de la oferta pública. Máxime si se trata de pequeños inversores, que únicamente cuentan con la información que suministra la propia entidad, a diferencia de los grandes inversores, que pueden tener acceso a otro tipo de información complementaria.

La sentencia anula los tres contratos de compra de acciones y condena a las partes a restituirse recíprocamente las prestaciones recibidas. Es la primera sentencia en España sin duda, que estima la nulidad de la compra de acciones de Banco Popular, siguiendo la estela del Tribunal Supremo que declaró en su día también nulo la compra de las acciones de Bankia.

Un pequeño accionista gana la primera demanda civil contra el banco Popular