Como cada miércoles ha tenido lugar la celebración del Consejo de Gobierno, un encuentro en el que se ha tomado conocimiento de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) del 16 de junio de 2025 de la convocatoria de dos líneas de ayudas de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo destinadas a ayuntamientos para la realización de actividades que faciliten la conciliación y a empresas de hasta 49 personas trabajadoras para la elaboración de planes de igualdad. Estas convocatorias para la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en Andalucía, en concurrencia no competitiva, están dotadas con 1,7 millones de euros.
De esta manera, se ha publicado una única resolución la convocatoria de las líneas 7 y 8 de la Orden de 5 de octubre de 2020. El objetivo de la Línea 7, para la que se destina una cuantía de 150.000 euros, es fomentar que aquellas empresas que no estén obligadas por la normativa vigente a tener un plan de igualdad también lo implanten.
Asimismo conviene aclarar que a esta línea pueden concurrir empresas, independientemente del sector de actividad al que pertenezcan, con una plantilla de entre 10 y 49 personas, siendo objeto de subvención los planes de igualdad elaborados en los términos exigidos para los legalmente obligatorios y que sean inscritos en el registro de planes de igualdad.
Conciliación de la vida laboral y familiar en Andalucía
Según ha podido conocer este periódico serán subvencionables gastos de personal, así como gastos derivados de prestación de servicios de consultoría o asistencia técnica cuando en la elaboración del plan de igualdad se cuente con el apoyo y el asesoramiento de personas expertas en materia de igualdad entre mujeres y hombres en el ámbito laboral. La cuantía de estas ayudas puede alcanzar los 6.000 euros por proyecto y el plazo de ejecución de las actividades se establece desde la fecha de presentación de la solicitud de la subvención hasta la fecha de finalización del plazo de ejecución que se establezca en la resolución de concesión para cada proyecto.
En otro orden de cosas se convoca también la Línea 8 de la Orden de 5 de octubre de 2020, a la que se destina 1.550.000 euros y a la que pueden concurrir ayuntamientos andaluces, entidades locales autónomas, mancomunidades, consorcios locales, así como otras entidades públicas vinculadas a los mismos. En este caso, se financia la realización de dos tipos de actuaciones como son la ampliación de horarios de centros de atención socioeducativa o de atención a la dependencia de titularidad municipal.
Por otra parte, la cuantía de estas ayudas puede alcanzar los 20.000 euros por proyecto y el plazo de ejecución de las actividades debe estar comprendido en 2025, siendo subvencionables incluso proyectos que, cumpliendo los requisitos, se hayan desarrollado o estén en ejecución desde el 1 de enero de 2025. El plazo de solicitud de estas ayudas se prolongará hasta el 30 de junio de 2025 y las solicitudes deberán hacerse de forma telemática en https://lajunta.es/5p8p9 para la Línea 7 y en https://lajunta.es/5p8pa para la Línea 8
