jueves. 28.03.2024

La Junta de Andalucía ha asignado a los titulares de las delegaciones provinciales la competencia para adoptar posibles "restricciones a la movilidad". También, tendrán el poder de decisión para "la suspensión de la actividad docente en un centro docente". Pero siempre a partir de "razones objetivas sanitarias".

Además, y "de acuerdo con lo establecido en el artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, la persona titular de la Consejería podrá revocar la delegación en cualquier momento", siendo la revocación publicada en el BOJA, y surtiendo sus efectos "a partir de la fecha de publicación".

La orden va acompañada de un anexo con las "instrucciones para la adopción de las medidas preventivas de salud pública de restricciones a la movilidad de la población de una localidad o parte de la misma, o de suspensión de la actividad docente presencial en un centro docente no universitario".

Andalucía restringirá la movilidad en el territorio según "razones objetivas"