sábado. 20.04.2024

La Junta aprueba la creación el Consejo Andaluz LGTBI

El órgano estará constituido en un plazo máximo de ocho meses y garantizará la igualdad de trato y no discriminación de este colectivo

El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto que regula la organización y el funcionamiento del Consejo Andaluz LGTBI, por lo que este órgano colegiado participativo y consultivo estará constituido en el plazo máximo de ocho meses, aunque la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, que ha presentado el documento, ya trabaja para acortar los tiempos.

De esta manera, se da cumplimiento a la Ley 8/2017, de 28 de diciembre, para garantizar los derechos, la igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI y sus familiares en Andalucía, como especifica en su artículo 11. En primer lugar, se completará el procedimiento de elección y nombramiento de las vocalías y, posteriormente, se constituirá el propio Consejo.

En un momento en el que la sociedad exige respuestas rápidas a los poderes públicos, eficaces y amplias, que aborden los nuevos retos de una manera integral, es una obligación de la Administración que la ciudadanía disfrute de sus derechos de manera plena.

El Consejo Andaluz LGTBI se presenta como un instrumento que vertebra la opinión y las propuestas que vayan dirigidas de manera consensuada a garantizar derechos, prevenir actitudes de odio y proteger a las personas LGTBI en todos los ámbitos.

Entre sus funciones, figuran las propuestas y recomendaciones, la comunicación permanente con las instancias públicas y privadas, la elaboración de informes y la realización de estudios que ayuden a instaurar las políticas dirigidas a personas LGTBI y sus familiares más acordes y necesarias en cada momento.

La Dirección General de Violencia de Género, Igualdad de Trato y Diversidad de la Consejería de Igualdad es la encargada de dar impulso a las medidas para garantizar los derechos de igualdad de trato y no discriminación de las personas de este colectivo.

Asimismo, el decreto establece la elaboración de un informe anual sobre la situación del colectivo LGTBI que incluya una evaluación de las políticas públicas previstas dentro del Plan de acción interdepartamental y la realización de estudios que tengan por objeto el análisis de los principales problemas para el reconocimiento, restablecimiento y garantía de los derechos de las personas que se reconocen LGTBI y de las familias homoparentales.

El Consejo Andaluz LGTBI funcionará en pleno y en comisión permanente. La presidencia del pleno corresponderá al titular de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación y tendrán representación en el mismo cada federación LGTBI, fundación o asociación que cumpla las condiciones del procedimiento establecido.

Estas vocalías serán elegidas mediante convocatoria en libre concurrencia cada tres años y se designará titular y suplente en cada caso. El pleno se reunirá con carácter ordinario una vez al año.

Por otra parte, la comisión permanente estará presidida por el titular de la Dirección General de Violencia de Género, Igualdad de Trato y Diversidad y contará con once vocalías que representarán a las entidades del movimiento asociativo.

Ésta, como órgano ejecutivo, estará encargada de los cometidos relativos a asuntos de trámite, de preparación o de estudio. Se reunirá con carácter ordinario una vez cada semestre.

La Junta aprueba la creación el Consejo Andaluz LGTBI