jueves. 28.03.2024

La Junta aprueba medidas en el sector del transporte y logística

El sector del transporte y todos los participantes de la cadena de suministro y distribución son piezas clave en cualquier economía

El Consejo de Gobierno de la Junta ha acordado este viernes un plan de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en el que se recogen recomendaciones para la prevención del coronavirus en el sector del transporte y la logística de mercancías por carretera de la comunidad autónoma andaluza.

Las medidas preventivas propuestas centran sus esfuerzos en proteger tanto a los profesionales del sector del transporte regional que prestan el servicio en cada una de las empresas dedicadas a ello y, sobre todo, en ayudar a controlar la propagación del Covid-19 en Andalucía, según ha informado la Junta en una nota de prensa tras el Consejo de Gobierno.

El sector del transporte y todos los participantes de la cadena de suministro y distribución son piezas clave en cualquier economía. En el caso de productos de primera necesidad, los suministros deben estar garantizados en cualquier circunstancia, lo contrario acarrearía "consecuencias catastróficas".

En la situación actual de emergencia sanitaria por la extensión del coronavirus, es necesario establecer protocolos que proporcionen a los participantes en esa cadena pautas de funcionamiento que les permita continuar operando conforme avanza la situación de emergencia.

Todas las medidas a seguir propuestas en este plan están adaptadas a las recomendaciones que ha establecido la Consejería de Salud y Familias de la Junta hasta la fecha y las directrices que ha marcado el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, y que se actualizan en su página web.

Entre ellas están indicaciones de carácter general que han de comunicarse a las plantillas de manera inmediata, como que los profesionales podrán viajar por razones comerciales comprobadas a otros países para realizar el transporte de mercancías y regresar a sus lugares de origen.

Se recogen las medidas organizativas en el entorno de la empresa mediante la sugerencia de creación de un grupo específico de trabajo que tenga como principales funciones, tanto la gestión de las distintas contingencias que se presenten en relación con la pandemia como la comunicación y coordinación con los profesionales sanitarios ante posibles casos de contagio del coronavirus.

También se incluyen indicaciones y pautas preventivas de carácter general que han de comunicarse a la plantilla, recomendaciones sobre la limpieza de la cabina del conductor, las instalaciones y las zonas de contacto, y el refuerzo de las labores de desinfección diaria en las empresas cargadoras, muelles, empresas de transportes, instalaciones y vehículos. Por último, se recogen medidas de preparación de medios asegurando la disponibilidad de equipos y suministros especiales de limpieza, la información a los trabajadores y el seguimiento de las comunicaciones de las autoridades sanitarias.

Distancia mínima de 1'5 metros

Entre las recomendaciones se hallan guardar una distancia preventiva mínima de 1,5 metros en cualquier contacto con otras personas (carga, descarga, estiba, acarreo, reuniones, comidas, descansos), aumentar la precaución en la recogida, manipulación y entrega de mercancías en la medida de lo posible y en el intercambio de documentación en los sitios de carga y descarga se recomienda que los conductores utilicen guantes desechables y usen su propio bolígrafo para firmar.

Además, siempre que sea posible, los conductores no intervendrán en la carga y descarga, siendo ésta responsabilidad del centro donde cargue o descargue, debiendo mantenerse dentro de la cabina o en zonas especialmente habilitadas.

En las cargas y descargas en los puertos los conductores deberán permanecer el menor tiempo posible con el fin de procurar la menor exposición al riesgo que pueda suponer el origen de las mercancías, procurando la autoridad competente reducir los tiempos de inspección.

En el caso de no disponer de mascarillas, guantes o geles desinfectantes dada la dificultad de suministro por parte de los fabricantes se recomienda que les sean suministrados en los puntos de carga y descarga, así como también se recomienda evitar las concentraciones y lugares públicos de más de diez personas de procedencias diversas, entre otras medidas preventivas. A todo ello se suman medidas de limpieza de la cabina del conductor, de las instalaciones y zonas de contacto, y medidas de protección personal.

Medidas

Además, la Consejería de Fomento ha presentado en el Consejo de Gobierno un informe en la que se enumeran las medidas ya puestas en marcha en materia de transporte.

Entre estas medidas está la reducción de servicios y la ocupación en el transporte público de titularidad autonómica para evitar la aglomeración en los servicios de transporte y, por tanto, la propagación del virus. Se limita la movilidad no obligada de los ciudadanos, sin merma de aquella que resulte imprescindible para permitir a los ciudadanos acceder a sus puestos de trabajo y realizar las funciones básicas.

En el caso del transporte regular de viajeros de uso general por carretera en autobús, para los servicios interprovinciales se establece una reducción de los servicios de hasta el 50 por ciento, con una ocupación máxima por vehículo del 50 por ciento.

Para los servicios de carácter provincial se fija una reducción de los servicios de hasta el 40 por ciento, con una ocupación máxima por vehículo del 50 por ciento. Y para los servicios metropolitanos se establece una reducción de los servicios de hasta el 30 por ciento en los intervalos de hora punta, y hasta el 75 por ciento en las horas valle y festivos.

Además, se reducen los servicios del transporte regular en metro hasta en un 30 por ciento en los intervalos de hora punta y hasta el 50 por ciento en las horas valle y festivos.

En los supuestos previstos en los dos apartados anteriores, la reducción de los servicios por los operadores de transporte deberá ser autorizada previamente por la Consejería competente en materia de transporte y garantizarán el acceso a los puestos de trabajo y a los servicios básicos, con especial atención a aquellas líneas que comuniquen con hospitales y centros sanitarios.

Asimismo, se incluyen otras medidas como que deberán quedar desocupadas las tres primeras filas de asientos de todos los vehículos de los servicios de transporte por autobús que no dispongan de mampara de protección con el fin de preservar la seguridad de los conductores.

En las estaciones de transporte se adoptarán las medidas oportunas para evitar la concentración de viajeros y usuarios, así como la alta ocupación de los vehículos.

Los viajeros del transporte metropolitano, ya sea en autobús, en catamarán o en metro, deberán mantener una distancia de seguridad de un metro entre ellos. En la venta del billetaje con asientos asignados, los operadores deberán asegurar una distancia de seguridad de un metro entre los mismos.

En los servicios de transporte regular de viajeros en autobús de carácter metropolitano solo se admitirá el pago del billete mediante tarjetas de transporte y en metro se recomienda la utilización de tarjeta de transporte y su recarga por internet. Los operadores de transporte público deberán proceder a la desinfección diaria del material móvil e instalaciones asociadas al mismo.

Se recomienda, para el transporte urbano de viajeros, la aplicación de una reducción de hasta el 40 por ciento, con una ocupación máxima por vehículo del 50 por ciento.

Así, la Consejería ha dirigido un escrito a los ayuntamientos que cuentan con transporte urbano para que comuniquen a la Dirección General de Movilidad la reducción acordada en los servicios públicos de transporte regular de viajeros de su titularidad, así como cualesquiera otros acuerdos que modifiquen el porcentaje de reducción acordada o impongan limitaciones en la prestación y ocupación de los citados servicios públicos de transporte de su competencia.

La Junta aprueba medidas en el sector del transporte y logística