jueves. 25.04.2024
Sentencia polémica. Esta es la condena por matar a un menor en una playa de Algeciras
Sentencia polémica. Esta es la condena por matar a un menor en una playa de Algeciras

Realmente la vida de una persona no tiene precio. Pero, una vez cometido el delito, son las leyes las que deben determinar lo que vale cometer un crimen. En el caso de uno cometido en Algeciras con un menor como víctima, la condena ha sido de cuatro años. Una sentencia, sin duda, polémica.

La información a la que ha tenido acceso ELMIRA confirma que la Sección de Algeciras de la Audiencia Provincial de Cádiz ha condenado a cuatro años de cárcel al piloto de la embarcación que arrolló a una embarcación de recreo en el mes de mayo de 2018 en la playa de Getares (Algeciras) y provocó la muerte de un menor de edad.

Los hechos tuvieron lugar en el mes de mayo de 2018
Los hechos tuvieron lugar en el mes de mayo de 2018

Un jurado popular ha sido quien lo ha considerado responsable de un delito de homicidio por imprudencia grave. En la sentencia, se le impone además al acusado la prohibición durante cinco años de comunicación y de aproximación a menos de 800 metros de los padres y hermanos del menor fallecido.

Arrolló al menor con su embarcación

Se consideran, por tanto, probados los hechos tuvieron lugar el día 14 de mayo de 2018, cuando el condenado pilotaba una embarcación semirígida de 300 CV de potencia en la playa de Getares careciendo de la titulación necesaria para su manejo y realizando maniobras "peligrosas a velocidad superior a la permitida, sin atender los requerimientos de cese que le fueron dirigidos por varios bañistas".

Poco a poco, el acusado se aproximó a la embarcación de recreo que se encontraba próxima a la orilla de la playa y que estaba ocupada por el menor fallecido, su padre y un amigo de éste, "quienes también le recriminaron la conducta"

Fue entonces cuando le sonó el teléfono y realizó una "arriesgada" maniobra de aceleración, "rápida y fuerte", que le hizo perder el control de su embarcación, arrollando por su parte central la embarcación de recreo donde se encontraba el menor, lo que provocó su muerte en el acto.

Igualmente, se ha estimado probado que el acusado "era sabedor del riesgo que se producía con sus maniobras, y en la creencia de que iba a poder controlar su embarcación, no cesó en su actitud, omitiendo el más elemental deber de cuidado, y realizó una peligrosa y arriesgada maniobra de aceleración fuerte, perdiendo el control de la embarcación y ocasionando con el choque la muerte del niño".

Imprudencia grave

El veredicto se suma a la tesis de la defensa que sostiene que el acusado no actuó aceptando el resultado que provocó, sino que éste se produjo por una imprudencia de carácter grave. Hay que recordar que tanto la Fiscalía como la acusación particular solicitaron para el encausado 15 años de cárcel por un delito de homicidio, así como que se le impusiera la prohibición de comunicación y de aproximación a menos de 800 metros y durante 25 años de la familia del menor.

Hay que recordar que dicho delito de homicidio por imprudencia grave está castigado con pena de prisión de uno a cuatro años, entendiendo procedente en este caso imponer cuatro años de cárcel por los siguientes motivos:

  • La entidad de los hechos
  • La conducta desplegada por el acusado
  • El riesgo creado dadas las características de la embarcación
  • Su motor de alta potencia, difícilmente manejable
  • Su ausencia de pericia, no contando con la titulación necesaria para pilotarla

La sentencia, fechada el día 18 de abril, no es firme, habiendo sido recurrida en apelación por la acusación particular ejercida por los padres y hermanos del menor fallecido, una vez que se ha aplicado la pena máxima para este tipo de casos.

Sentencia polémica: Esta es la condena por matar a un menor en una playa de Algeciras