viernes. 29.03.2024

Tras las medidas más recientes del Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, el Obispado de Cádiz y Ceuta habiendo hecho las consultas pertinentes, viene a aclarar lo siguiente. Y estas son las nuevas restricciones para las iglesias en el obispado de Cádiz.

El obispado de Cádiz aclara que el Decreto del Presidente 9/2020, de 8 de noviembre, por el que se establecen restricciones en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre. En él se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-COV-2.

Dicho Decreto se dicta en virtud de la delegación efectuada a las CCAA, por el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre. En él se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, entre otros, en la fijación de restricciones y aforos para iglesias atendiendo al riesgo de trasmisión.

Orden del 8 de noviembre

La Orden de 8 de noviembre de 2020, por la que se modifica la Orden de 29 de octubre de 2020. Por ella se establecen los niveles de alerta sanitaria y se adoptan restricciones temporales y excepcionales por razón de salud pública en Andalucía en las iglesias, para la contención del Coronavirus, según el Obispado.

La Resolución de 9 de noviembre de 2020, de la Delegación Territorial de Salud y Familias en Cádiz, por la que se adoptan y modulan los niveles de alerta sanitaria y la aplicación de las medidas que corresponden. Todo por razón de salud pública para la contención del Coronavirus, en los territorios que se detallan.

Corrección de errores de la Orden de 8 de noviembre de 2020, por la que se modulan los niveles de alerta 3 y 4 como consecuencia de la situación crítica epidemiológica derivada del COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Como consecuencia de las citadas normas, las medidas sanitarias establecidas para el territorio diocesano son las siguientes: 

1. Dada las restricciones existentes para la entrada y salida de las distintas poblaciones en la provincia de Cádiz, y también del territorio de la CCAA Andaluza. Y comprendiendo el territorio diocesano la ciudad autónoma de Ceuta, se ruega a los presbíteros diocesanos que para poder desplazarse en cumplimiento de las funciones propias de su ministerio, o de los distintos oficios eclesiásticos en la Curia u otras instituciones, que se pongan en contacto con Cancillería para emitir los correspondientes certificados.

2. Las celebraciones de las eucaristías matutinas y vespertinas podrán mantener su horario; siempre que permitan a los fieles desplazarse al templo o regresar a su domicilio, respectivamente, con tiempo suficiente. Se recomienda realizar la apertura de los templos a partir de las 7:30 y el cierre a las 21:30 horas.

3. Con respecto al aforo de los lugares de culto, y para las reuniones religiosas, habrá de observarse el establecido para cada grado y nivel de alerta asignado para cada población. En estos momentos, la clasificación es la siguiente:

  • Distrito sanitario Cádiz – La Janda nivel 4 de alerta, grado 1: 30% del aforo.
  • Distrito sanitario del Campo de Gibraltar nivel 3 de alerta, grado 1: 50% del aforo.
  • La población de San José del Valle (Distrito de Jerez) nivel 4 de alerta, grado 1: 30% del aforo.

Web para consultas

La Junta de Andalucía ha facilitado una web (https://www.mapacovid.es/), para consultar el nivel de restricciones de cada una de las poblaciones del territorio Andaluz.

4. Con respecto al aforo para las catequesis y la formación religiosa en general de las iglesias, habrá de observarse el establecido para cada grado y nivel de restricciones asignado para cada población. En estos momentos, la clasificación es la siguiente:

  • Distrito sanitario Cádiz – La Janda nivel 4 de alerta, grado 1: 40% del aforo con un máximo de 25 personas.
  • Distrito sanitario del Campo de Gibraltar nivel 3 de alerta, grado 1: 60% del aforo con un máximo de 25 personas.
  • La población de San José del Valle (Distrito de Jerez) nivel 4 de alerta, grado 1: 40% del aforo, con un máximo de 25 personas.

Se recomienda finalizar la formación, con tiempo suficiente para permitir el regreso de los alumnos antes de las 22:00 horas, y como máximo a las 21:30 horas.

5.- Deberán observarse, por todos, el principio general de precaución en todas las actividades, y las normas sanitarias establecidas en la Orden de 8 de noviembre.

Estas son las restricciones para las iglesias en el obispado de Cádiz