lunes. 23.03.2026

Alfonso Muñoz (57 años), experto en pensiones, confirma cuál debe ser el último día para la jubilación

El funcionario de la Seguridad Social predice cuál debe de ser el último día para solicitar la pensión de jubilación
Alfonso Muñoz, funcionario de la Seguridad Social y experto en pensiones | YouTube: Alfonso Muñoz Cuenca
Alfonso Muñoz, funcionario de la Seguridad Social y experto en pensiones | YouTube: Alfonso Muñoz Cuenca

Alfonso Muñoz, funcionario de la Seguridad Social y experto en pensiones, ha detallado a través de un vídeo en su canal de YouTube la importancia de cotizar hasta el último día para poder cobrar la pensión de jubilación que verdaderamente nos pertenece. Al margen de cumplir con los requisitos generales, será fundamental que el último día de trabajo coincida con el día en el que se cumple la edad ordinaria de jubilación. El experto explica que este día deberá de ser exacto "ni un día antes, ni un día después" para evitar posibles sorpresas desagradables.

Durante el vídeo en su canal de YouTube, Alfonso confiesa que "la ley establece que el hecho causante de una jubilación es el cese laboral, es decir, para que se produzca la jubilación es necesario cesar en el trabajo". En este sentido, la empresa deberá de darnos de baja laboral el mismo día que se cumpla la edad. Por ejemplo, en caso de que un trabajador cumpla 65 años, ese día debe estar cotizado. "Ese día nos debe dar de baja la empresa y ese será nuestro último día de trabajo, el día en que cumplimos los 65 años", explica el experto.

La recomendación del experto a los futuros pensionistas de la Seguridad Social

En España, quienes deseen retirarse a partir de 2026 a los 65 años deberán haber acumulado al menos 38 años y 3 meses de cotización a la Seguridad Social. En caso contrario, la edad de retiro se retrasará hasta los 66 años y 10 meses, siempre que se cumpla con el período mínimo de cotización. Esto significa que aquellos trabajadores con 15 años cotizados, que es el mínimo exigido, solo podrán jubilarse a partir de los 66 años y 10 meses.

Por ello, el experto explica que "los efectos de una pensión de jubilación se llevan a cabo al día siguiente del cumplimiento de los 65 años". En este sentido es "recomendable que antes de que llegue esa fecha vayamos avisando a la empresa para que nos dé de baja correctamente", mientras que en los trabajadores por cuenta propia o autónomos, la situación es exactamente la misma. 

"Yo suelo recomendarle que antes de que llegue esa fecha vayamos, se acerquen a la Agencia Tributaria y a la Tesorería General de la Seguridad Social para ver qué trámite, qué documentación es necesaria para que llegue, para cesar en la actividad, ya sea por venta, por cese de actividad, por traspaso, para que llegado el momento no tengamos problemas a la hora de solicitar nuestra pensión de jubilación", advierte Alfonso a todos aquellos trabajadores a las puertas de la jubilación.

En el caso de que las fechas no coincidan, ya que en el día que cumplimos los 65 sigamos estando de alta laboral, ya sea porque la empresa no nos ha dado de baja laboral o porque no hemos cesado en la actividad, "se nos denegará la pensión de jubilación", aclara Alfonso, que en este caso aconseja a los pensionistas solicitar una nueva pensión de jubilación con la fecha correcta de cese de actividad.

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