lunes. 23.03.2026

La ayuda de 525 euros de la Seguridad Social para pensionistas que no llegan a fin de mes

A través del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso), la Seguridad Social mantiene esta ayuda para pensionistas
Una pensionista celebra el último regalo de la Seguridad Social
Una pensionista celebra el último regalo de la Seguridad Social

La Seguridad Social, junto al Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso), mantiene una imprescindible ayuda para todos aquellos beneficiarios de pensiones no contributivas de jubilación o invalidez en toda España, también en Jerez de la Frontera. Estas ayudas nacen con la idea de garantizar unos ingresos mínimos a todos aquellos trabajadores que no han conseguido cumplir los años de cotización, cuentan con un grado de discapacidad permanente y, por supuesto, cumplen con todos los requisitos que se exigen para cobrarlas.

En permanente búsqueda de salvaguardar la economía de los sectores más vulnerables de la población, el Gobierno de España lanza esta ayuda para aquellos pensionistas que se acogen a las pensiones no contributivas de jubilación o invalidez y se encuentran viviendo de alquiler, requisito imprescindible para optar a este regalo que puede pedirse de manera presencial, por Internet o de manera telemática. En caso de acudir a una oficina del Imserso, debemos de presentar nuestro DNI y completar el formulario que nos faciliten.

Ayuda de 525 euros para pensiones no contributivas

Seguridad Social e Imserso han puesto a disposición de los pensionistas un complemento de 525 euros anuales para ayudarles en el pago del alquiler de la vivienda. Este extra va exclusivamente para todos aquellos pensionistas que viven de alquiler y se encuentran cobrando alguna pensión no contributiva del Imserso.

En este sentido, para quienes deseen cobrarla, la Administración establece una serie de requisitos, todos recogidos en el Boletín Oficial del Estado (BOE) para poder optar al complemento.

Requisitos para recibir la ayuda de 525 euros

  • Requisitos para recibir la ayuda de 525 euros
  • Tener reconocida una pensión de jubilación o invalidez de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva.
  • No tener una vivienda en propiedad.
  • Ser titular del contrato de arrendamiento de la vivienda.
  • No tener con el arrendador de la vivienda alquilada relación conyugal o de parentesco hasta el tercer grado ni constituir con él una unión estable y de convivencia.
  • Tener fijada su residencia, como domicilio habitual, en una vivienda alquilada. 

El Imserso considera domicilio habitual aquel donde existe un contrato con vigencia superior a un año y el solicitante haya residido durante al menos 180 días antes de solicitar la ayuda. Además, en caso de que haya más convivientes beneficiarios de una pensión no contributiva, este complemento solo podría solicitarlo uno de ellos.

Esta ayuda se paga mensualmente, sino que se cobra en un único pago al año. Por este motivo, la fecha de cobro dependerá del día en el que se haya solicitado, siendo la fecha límite el último día del año, aunque podemos pedirla en 2025 y empezar a cobrarla a principios de 2026.

La ayuda de 525 euros de la Seguridad Social para pensionistas que no llegan a fin de mes