Desde el 1 de enero de 2025, la edad de jubilación en España ha comenzado su progresivo ascenso hasta que en 2027 fije su máximo histórico. El Gobierno de España, de la mano del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, mantienen la edad de jubilación en 66 años y 8 meses para cobrar el 100% de la pensión si se tienen menos de 38 años cotizados. No obstante, la edad ordinaria subirá hasta los 67 años, momento en el que se pidan 38 años y 6 meses de cotización a las arcas de la Seguridad Social para optar al 100% de la cuantía.
Para poder optar a la jubilación antes de llegar a la edad ordinaria debemos de tener en cuenta varios factores; como las penalizaciones que acarrea en la cuantía final. Por esta razón, en España, tampoco en Jerez de la Frontera, Sevilla o Madrid, nadie quiere optar antes de tiempo a la prejubilación. Eso sí, en ciertas situaciones los trabajadores tienen el privilegio de optar al 100% de la pensión de jubilación antes de los 60 años y sin recortes.
Cómo jubilarte con 60 años y con el 100% de la pensión sin recortes
Los trabajadores del Régimen de Clases Pasivas están en su derecho de cobrar una jubilación de manera anticipada sin penalizaciones a partir de los 60 años y recibiendo el 100% de la pensión de jubilación, o lo que es lo mismo, puede cobrar la totalidad de su pensión sin necesidad de llegar a los 38 años cotizados como se exigen en la mayoría de profesiones y sin tener que llegar a la edad ordinaria (65 años) estipulada por la Seguridad Social.
De esta manera, para poder llegar a optar a esta ventaja, se tiene que formar parte de los siguientes grupos profesionales, de los pocos privilegiados que pueden cobrar un 100% de la pensión antes de la edad ordinaria. Entre estas profesiones destacan los militares, funcionarios y Ex Presidentes, Vicepresidentes y Ministros del Gobierno.
En el caso de los militares, entran todos los militares de carrera y de las Escalas de complemento, así como personal de Caballeros Cadetes, Alumnos y Aspirantes de las Escuelas y Academias Militares. Los funcionarios, por su parte, pueden optar a esta modalidad de jubilación aquellos funcionarios de carrera en en prácticas de la Administración General del Estado, de Justicia, de las Cortes Generales y de otros órganos constitucionales. Y por último, el rango de los Ex Presidentes, Vicepresidentes y Ministros, que incluyen otros altos cargos y que pueden optar a la jubilación con un 100% antes de los 60 años.
La propia Seguridad Social aclara que esta jubilación anticipada está reservada para trabajadores del Régimen de Clases Pasivas. Estos pueden jubilarse a partir de los 60 años, pese a que pueda haber excepciones que lo eleven hasta los 65 años. Para ello, será fundamental el cotizar durante al menos 30 años al Estado, además de que estos deben de incluir periodos de cotización en otros regímenes, siempre y cuando los últimos cinco hayan tenido lugar en el Régimen de Clases Pasivas.
Cómo conseguir el 100% de la pensión en el Régimen de Clases Pasivas
Los trabajadores adscritos al Régimen de Clases Pasivas que deseen acceder a la jubilación anticipada con el 100% de la pensión deben cumplir con un requisito fundamental: haber cotizado un mínimo de 30 años dentro de este régimen. Con esa cotización, el porcentaje de la base reguladora que se alcanza es del 81,73%, por lo que será necesario acumular más años de servicio público para llegar al cien por cien.
En concreto, quienes acrediten 35 años cotizados podrán retirarse a los 60 años con la totalidad de la pensión reconocida. Esta posibilidad representa una ventaja frente a las condiciones generales establecidas por la Seguridad Social, donde la edad ordinaria de jubilación es notablemente más alta.
Eso sí, para beneficiarse de esta modalidad anticipada, no basta con cumplir el tiempo de cotización: también es imprescindible pertenecer a los colectivos incluidos en el Régimen de Clases Pasivas y satisfacer los requisitos comunes exigidos por el sistema estatal para el acceso a cualquier pensión contributiva.
