Los jubilados mutualistas que llevan meses esperando la devolución del IRPF por parte de la Agencia Tributaria ya tienen una fecha aproximada en el horizonte antes de que finalice 2025. Hacienda ha iniciado el proceso para saldar la deuda con los millones de pensionistas que en su día cotizaron en exceso a mutualidades laborales, un reembolso largamente esperado tras años de reclamaciones y que ahora llegan a buen puerto.
El pasado 25 de julio, el Congreso de los Diputados aprobó una enmienda en la Ley de responsabilidad civil y seguro de vehículos a motor, que da luz verde al Ministerio de Hacienda para ejecutar el pago en un único abono. Con esta decisión, el Ejecutivo pone fin a la incertidumbre generada hace un año, cuando el departamento dirigido por María Jesús Montero paralizó de forma repentina las devoluciones, tras haber desembolsado ya 1.300 millones de euros.
En las próximas semanas, los beneficiarios de la sentencia 707/2023 del Tribunal Supremo —alrededor de 4,8 millones de jubilados en toda España— podrán tramitar la solicitud de devolución correspondiente a los ejercicios fiscales entre 2019 y 2022, así como los anteriores no prescritos. Las cuantías varían en función de cada caso, pero algunas pueden alcanzar los 4.000 euros, y se abonarán en un solo pago al margen de su pensión.
Fechas y procedimiento para los jubilados mutualistas
La Agencia Tributaria ha recordado que el proceso se realizará exclusivamente a través de la Sede Electrónica, mediante la presentación del formulario oficial de solicitud de devolución disponible para los mutualistas. El trámite es sencillo pues solo se deben facilitar los datos personales y el número de cuenta bancaria donde se ingresará la cantidad correspondiente.
Además, Hacienda ha precisado que quienes presentaron el formulario antes del 26 de julio de 2025 no deberán repetir el proceso. Ese mismo documento servirá para reclamar las devoluciones de los ejercicios 2020, 2021 y 2022.
En cambio, quienes aún no hayan formalizado la solicitud deberán hacerlo dentro de los siguientes plazos: 2 de febrero de 2026: efectos sobre IRPF 2020, 2021 y 2022, 2 de febrero de 2027: efectos sobre IRPF 2021 y 2022 o 2 de febrero de 2028: efectos sobre IRPF 2022.
Cuándo pagará Hacienda a los mutualistas afectados
La Agencia Tributaria ha fijado como fecha límite el 31 de diciembre de 2025 para completar las devoluciones. Los expedientes más sencillos se resolverán en unas pocas semanas, mientras que los más complejos podrían demorarse, del mismo modo que ocurre con las declaraciones de la renta. En caso de que el pago no se realice antes del 1 de enero de 2026, Hacienda deberá abonar un interés del 4% sobre las cantidades pendientes, tal y como establece la normativa vigente.
Para facilitar el proceso, la Agencia Tributaria ha publicado un vídeo explicativo en sus redes sociales, donde se detallan los pasos que los jubilados mutualistas deben seguir para completar la solicitud de devolución. Si el mutualista ha fallecido entre 2019 y 2024, el formulario puede ser presentado por sus herederos o sucesores legales, que tendrán derecho a recibir las cantidades correspondientes del IRPF que el fallecido cotizó de más.
