lunes. 23.03.2026

Notición para los pensionistas: la Seguridad Social devuelve casi 2.000 euros por este motivo

Esta es la razón por la que algunos pensionistas pueden llegar a reclamar hasta 1.800 euros a la Seguridad Social
El Tribunal Supremo dicta una sentencia que favorece a miles de pensionistas - Recreación El MIRA
El Tribunal Supremo dicta una sentencia que favorece a miles de pensionistas | Recreación El MIRA

El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia que favorece a miles de pensionistas de la Seguridad Social en Madrid, Barcelona, Valencia, Jerez de la Frontera y toda España. La justicia se pone del lado de todos aquellos padres pensionistas que se encuentran cobrando una pensión contributiva, ya sea por jubilación, incapacidad permanente, viudedad, entre otras, y que podrán reclamar un complemento de maternidad que no fue concedido en su debido tiempo. Ahora denominada como ayuda a la reducción a la brecha de género, esta prestación puede llegar a ofrecer cuantías de casi 2.000 euros para aquellos a los que se les rechazó el complemento de maternidad.

La Sala de lo Social confirma que este grupo de pensionistas se encuentran en todo su derecho de poder reclamar este complemento actualmente, más todo lo atrasado entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021, fecha en la que entró en vigor este complemento y que ya no solo beneficia a las mujeres.

Hasta hace unos años, este complemento era exclusivo para las personas del sexo femenino, a las que se les otorgaba un plus extra en la pensión cuya vida laboral había sido perjudicada por el cuidado y el mantenimiento de los hijos. No obstante, en febrero de 2021 este complemento cambió su legislación, siendo denominado como reducción a la brecha de género, al que también pueden acceder ahora las personas del género masculino.

El desconocido complemento que pueden reclamar los pensionistas

Esta nueva norma dejaba un vacío para los anteriores pensionistas, por lo que una reclamación de un jubilado a la Seguridad Social ha abierto la puerta a la resolución del Tribunal Supremo que ha cambiado para siempre esta ley. La sentencia, avalada por el Alto Órgano y por la normativa europea sobre la igualdad en el trato entre hombres y mujeres, no permite la discriminación por género en el acceso a las ayudas de la Seguridad Social.

El Tribunal Supremo ha establecido que los padres podrán reclamar el complemento de maternidad en sus pensiones sin que exista límite de prescripción. Este derecho alcanza a quienes perciban una pensión contributiva de jubilación, incapacidad permanente o viudedad.

Para acceder a este beneficio adicional, es necesario que la pensión se haya reconocido entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021. En el caso de la jubilación, solo se incluyen aquellas obtenidas por la vía ordinaria o a través de una jubilación anticipada de carácter forzoso, quedando fuera las jubilaciones voluntarias y las parciales.

El requisito fundamental es haber tenido al menos dos hijos. En función del número, se aplicará un incremento en la pensión: un 5% para quienes tengan dos hijos, un 10% para los que hayan tenido tres y un 15% para quienes cuenten con cuatro o más descendientes.

Una sentencia del Tribunal Supremo devuelve 1.800 euros a estos pensionistas

Tras la sentencia, el Tribunal Supremo ha aclarado que los pensionistas de jubilación, incapacidad o viudedad que tuviesen un hijo a cargo entre 2016 y 2021 están en su derecho de reclamar el complemento correspondiente. Aunque la Ley General de la Seguridad Social, en su artículo 53.1, establece que estas prestaciones prescriben a los cinco años, en este caso no existe tal limitación: la solicitud puede presentarse en cualquier momento siempre que se cumplan los requisitos exigidos.

Además del complemento, los afectados podrán exigir el abono de las cantidades atrasadas que no se les hubieran pagado. Si la Seguridad Social deniega la solicitud, el pensionista tiene la posibilidad de acudir a los tribunales. En este escenario, la administración podría ser condenada a pagar una indemnización adicional de 1.800 euros por los perjuicios ocasionados al afectado, al margen de las cantidades correspondientes al complemento.

La cuantía a percibir dependerá del tipo de pensión reconocida, por lo que cada caso deberá evaluarse de forma individual. Cabe subrayar que esta resolución del Tribunal de Justicia afecta exclusivamente a los hombres que hayan acudido a la jurisdicción social para reclamar el complemento previamente denegado.

Notición para los pensionistas: la Seguridad Social devuelve casi 2.000 euros por este...