El Tribunal Supremo da luz verde a que miles de pensionistas en toda España, también en Jerez de la Frontera, reciban un ingreso extra en sus pensiones de la Seguridad Social. Todos aquellos padres pensionistas, ya sean de pensiones contributivas, jubilación, viudedad o incapacidad permanente, pueden reclamar el nuevo complemento de maternidad, ahora denominado complemento para la reducción de la brecha de género. Esta sentencia podría devolver hasta 1.800 euros a aquellos pensionistas a los que se les denegó el complemento de maternidad de su pensión en aquel momento.
Los pensionistas afectados pueden llegar a reclamar este complemento, más todo lo atrasado, entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021, fecha en la que entró en vigor este nuevo complemento impulsado por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Esto se debe a que antes tan solo se otorgaba el complemento de maternidad a mujeres, lo que daba un plus en la pensión para aquellas pensionistas cuya vida laboral había sido perjudicada por el cuidado y mantenimiento de los hijos en casa. No obstante, en febrero de 2021 este complemento cambió de nombre para reducir la brecha de género, al cual también tienen acceso los hombres.
Los pensionistas pueden reclamar este complemento de la Seguridad Social
La norma tenía un vacío para los anteriores pensionistas, siendo la reclamación de un jubilado a la Seguridad Social la que abrió la puerta a la resolución favorable del Tribunal Supremo, avalada por el Alto órgano y que sigue la línea de la normativa europea sobre igualdad en el trato entre hombres y mujeres, que no admite discriminación por género en el acceso a los beneficios a cualquier pensión otorgada por el Gobierno de España.
En este sentido, el Tribunal Supremo ha dictaminado que la sentencia da derecho a los padres a reclamar el complemento de maternidad, añadiendo que no prescribe. Este pueden solicitarlo aquellos padres de una pensión contributiva de jubilación, incapacidad permanente o viudedad.
Para poder optar a este complemento, se exige que la pensión esté reconocida en las fechas anteriormente mencionadas. Además, en los pensionistas de jubilación solo se incluyen aquellos que accedieron de forma ordinaria o mediante jubilación anticipada forzosa, excluyendo personas que se hayan jubilado de manera voluntaria o de forma parcial.
Otro requisito indispensable es el haber tenido dos o más hijos, aplicándose un incremento en la pensión del 5% para aquellas personas con dos hijos, un 10% para tres hijos y un 15% para los de cuatro hijos o más. Este complemento puede reclamarse a través de la Seguridad Social o sede electrónica, haciendo una reclamación y exponiendo tu caso. No obstante, es muy común que pueda denegarse este recurso y tengas que reclamarlo por vía judicial.
El dinero que devuelve la Seguridad Social por el complemento de maternidad
El Tribunal Supremo ha determinado que los pensionistas por jubilación, incapacidad o viudedad que tuviesen un hijo a cargo entre los años 2016 y 2021 pueden reclamar el complemento correspondiente, incluso si ha pasado el plazo de cinco años que establece, con carácter general, el artículo 53.1 de la Ley General de la Seguridad Social para este tipo de prestaciones.
En este caso concreto, no se aplica dicha prescripción, por lo que los interesados pueden presentar su solicitud en cualquier momento, siempre que cumplan con los requisitos exigidos y puedan acreditarlo debidamente.
Además del reconocimiento del complemento, los beneficiarios también podrán reclamar los importes atrasados que no les hayan sido abonados. Si la Seguridad Social deniega la solicitud y el afectado se ve obligado a acudir a los tribunales, podría reclamar una indemnización adicional de 1.800 euros. Esta compensación extra correspondería a los gastos derivados del proceso judicial y sería exigible a la Administración en caso de fallo favorable.
Cabe destacar que esta resolución, amparada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), se aplica únicamente a los hombres que hayan acudido a la vía judicial para reclamar el complemento inicialmente denegado.
