lunes. 23.03.2026

Los pensionistas no dan crédito: multas de la Seguridad Social por no entregar este documento

Estas son las multas de la Seguridad Social a pensionistas que no informen de los siguientes cambios a la Administración
Una pensionista de la Seguridad Social
Una pensionista de la Seguridad Social

La Seguridad Social es la encargada de tramitar las pensiones de jubilación a quienes ponen fin a su carrera profesional en España, también en Jerez de la Frontera. Ya sean pensiones contributivas o no contributivas, todas las prestaciones están supeditadas a una serie de requisitos, que de no cumplirse, podrían llevar al beneficiario a perderla. El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones mantiene en pie diferentes mecanismos para asegurarse que los que la reciben lo tienen todo en orden, siendo estos documentos imprescindibles para seguir cobrando las ayudas o subsidios.

Para optar a las prestaciones económicas por jubilación, los pensionistas deben de tener una edad requerida, cierta renta que no supere los límites y diferentes cuestiones familiares, todo entra en juego para que la Seguridad Social nos de el derecho o no de recibirlas. Estas prestaciones económicas tratan de sustituir las rentas del trabajo cuando el trabajador por causa de edad o discapacidad cesa total o parcialmente su actividad laboral.

No obstante, el no cumplir con los requisitos impuestos por la Seguridad Social podrían afectar severamente a la cuantía, o directamente, correr el riesgo de que se impongan multas que oscilan entre los 60 y los 187.515 euros, dependiendo del grado de gravedad de las mismas.

Los cambios que deben comunicarse a la Seguridad Social para no perder la pensión

Si estás cobrando una pensión por jubilación, incapacidad permanente o viudedad, debes de comunicar a la Seguridad Social todos los cambios que sufras en tu situación personal, familiar o bancaria, en un plazo máximo de 30 días, después de hacer las modificaciones. Por este motivo, si no quieres correr el riesgo de perder la pensión, debes estar al tanto de notificar a la Seguridad Social los siguientes cambios.

Una pensionista preocupada por el estado de su pensión de viudedad
Una pensionista preocupada por el estado de su pensión de viudedad

Cambios que deben notificarse a la Seguridad Social

  • Cambios en la situación familiar: Estado civil, nacimiento o defunción.
  • Cambios en el domicilio: Residencia habitual o fiscal.
  • Comienzo de una actividad laboral
  • Cambios en la situación económica: Rentas de trabajo, otra pensión o prestación, o cualquier tipo de rentas que se reciban.

Todos estos cambios se deben notificar a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, o bien, de manera presencial en los Centros de Atención e Información (CAISS) mediante cita previa. Por el contrario, en caso de querer hacerlo de forma telemática, la Seguridad Social también ofrece el número 901 502 050 y solicitar un formulario para estos oficializar estos cambios.

Multas de la Seguridad Social por incumplir los requisitos

Los pensionistas que no comuniquen los cambios anteriormente expuestos a la Seguridad Social en un plazo máximo de 30 días desde que se producen estarían cometiendo una infracción que puede derivar en multas, o en los casos más graves, con la retirada de la pensión.

Una pareja de pensionistas preocupados por el estado de su pensión de la Seguridad Social
Una pareja de pensionistas preocupados por el estado de su pensión de la Seguridad Social

Diferentes tipos de multas de la Seguridad Social a pensionistas

  • Infracciones leves: Multas de entre 60 y 625 euros, repartidas en diferentes grados. En estos casos se sanciona por no comparecer ante la entidad gestora de las prestaciones en la forma y fecha que se determine, sin causa justificada. Pueden llevar a la pérdida de un mes de prestación, si pasa una vez, hasta la extinción de la misma si ocurre más de cuatro.
  • Infracciones graves: Multas entre 626 y 6.250 euros. En este apartado entran casos como no comunicar la baja en las prestaciones en el plazo indicado o extinción del derecho a cobrarlas.
  • Infracciones muy graves: Multas entre 6.251 y 187.515 euros. Aquí se penalizan los fraudes para conseguir la prestación.

Cualquier cambio de los comentados deben de ser justificados en el plazo y forma a la Seguridad Social para no exponernos a una multa o perder directamente la pensión de jubilación, viudedad o discapacidad, que se esté recibiendo.

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