
Terrible crimen que, por fin, ha tenido resolución en la localidad granadina de Pinos Puente, municipio donde un hombre mató a otro hace ahora dos años y dos meses tras una discusión de tráfico.
Este periódico ha podido conocer que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha condenado a 15 años y un mes de prisión a un hombre al que un jurado popular declaró culpable de haber acabado con la vida de un joven al que disparó en la cabeza en los alrededores del Puente de la Virgen de Pinos Puente en la provincia de Granada tras mantener una discusión por culpa de un coche presuntamente mal aparcado.

El relato de los hechos nos lleva a las 14,30 horas del 8 de febrero de 2020, cuando el acusado abordó en la calle Capitán Casado de la localidad a la víctima y le recriminó el modo en que había aparcado su coche por entender que obstaculizaba la circulación y particularmente el paso de su vehículo.
Escopeta para matar a un hombre por una discusión de tráfico
Todo se fue acalorando, hasta el punto que el acusado cogió una escopeta previamente modificada, con los cañones y culata recortados, apoyó el cañón en la oreja derecha del otro hombre y disparó provocándole la muerte inmediata. A continuación, se dirigió al acuartelamiento de la Guardia Civil y contó a los agentes lo que había hecho: "sí, soy yo el que ha pegado los tiros, allí se ha quedado tirado. He hecho las cosas como las hacen les tíos".
De esta manera, ha quedado demostrado que en el momento de los hechos el acusado tenía diagnosticado trastorno de pánico con agorafobia, ansiedad, probable coeficiente intelectual límite, rasgos de la personalidad disfuncionales con baja tolerancia a la frustración e impulsividad, con consumo ocasional de cocaína, por lo que tenía limitada su capacidad.
Condena inicial
Es por ello que, previamente, la Audiencia de Granada le condenó inicialmente a 17 años de prisión por delitos de asesinato y tenencia ilícita de armas, sin que se apreciase la atenuante de confesión pese a que el jurado sí consideró probado su confesión.
Tras recurrir la sentencia su pena ha quedado rebajada a 15 años de prisión y un mes, al considerar probado que, en efecto, "inmediatamente después de los hechos, se presentó en las dependencias de la Guardia Civil y sin más se confesó autor de la muerte y entregó el arma".
Finalmente, hay que añadir que el acusado no podrá aproximarse a los familiares de la víctima a menos de 500 metros ni comunicarse con ellos durante diez años y una vez salga de prisión deberá cumplir cinco años de libertad vigilada comunicando siempre cualquier cambio de hogar o incluso trabajo.