jueves. 25.04.2024

Cómo reclamar el impuesto de plusvalía si perdiste dinero en la venta de tu casa

Solo podrán reclamar a los ayuntamientos los que pagaron el impuesto anulado por el alto tribunal en los últimos cuatro años

  • Antes de dejar de pagar es necesario que se lleve a cabo la modificación de la ley que pide en su sentencia el Tribunal Constitucional

El día después de conocerse la sentencia definitiva del Tribunal Constitucional en el que tumba el pago del impuesto de plusvalía municipal cuando se vende una casa por debajo del precio que le costó, llega la hora de conocer cómo reclamar la devolución y saber a partir de cuándo se puede dejar de pagar este impuesto en el caso señalado. Lo primero que debe saber el contribuyente es que hasta que no se produzca el cambio de ley no se puede dejar de pagar el impuesto si bien posteriormente se podrá llevar a cabo la reclamación de la devolución. De momento, el Ayuntamiento de Jerez no se ha pronunciado tras la solicitud hecha por Mira Jerez sobre lo que esta sentencia supone para las arcas públicas.

Por pasos. Lo primero que debe saber el contribuyente es que el TC ha fallado a su favor de forma definitiva siendo los ayuntamientos, incluido el de Jerez. los que verán mermados sus ingresos por este caso excepcional que ha declarado nulo el alto tribunal. Según la sentencia, conocida ayer, el Tribunal Constitucional ha declarado nulo el impuesto de plusvalía si el inmueble se vende por menos dinero del que costó inicialmente o por el mismo valor sin obtener ningún beneficio. El tribunal ya lo había anulado en anteriores sentencias para los territorios de Gipuzkoa y Araba/Álava, pero ahora lo hace a nivel estatal y pide al legislador que modifique este tributo que cobran los ayuntamientos.

¿Qué es el impuesto de plusvalía?

El Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, conocido como el impuesto de plusvalía, grava el incremento de valor de los inmuebles entre el momento de la compra y el de la venta. También se paga en el caso de una herencia o una donación.

Sin embargo, para calcularlo no se tiene en cuenta el valor real de las transacciones de compraventa, sino que se toma como base el valor catastral del suelo y se multiplica por un coeficiente en función de los años transcurridos, según señalan Efe y Europa Press. Esto hace que el vendedor lo tenga que pagar siempre aunque el inmueble se haya vendido con pérdidas.

¿Por qué anula el Constitucional parcialmente este impuesto?

El Constitucional argumenta que con la legislación actual un propietario de un inmueble tiene que pagar el impuesto cuando lo vende por el mero hecho de poseerlo aunque no obtenga ganancias por ello o, incluso, pierda dinero. Esto impide al ciudadano cumplir con su obligación de contribuir "de acuerdo con su capacidad económica", un principio que recoge la Constitución.

¿Cómo y quién puede reclamar la devolución?

Para la organización de consumidores OCU, según señala en una nota de prensa, "se allana de forma definitiva el camino para reclamar a miles de contribuyentes afectados que se han visto obligados al pago del impuesto, cuando en realidad han vendido su vivienda con pérdidas, por debajo del valor de compra".

OCU recuerda a los contribuyentes afectados que pueden reclamar aquellos que han vendido, donado o heredado inmuebles urbanos en estas circunstancias en los últimos 4 años. Para ello necesariamente deberán reclamar en primera instancia ante su ayuntamiento.

El primer paso, por tanto, es reclamar ante el ayuntamiento y solo si éste rechaza la devolución acudir a los tribunales por la vía administrativa, según explica en su página web. Para demostrar que hubo una minusvaloración del inmueble vendido habría que presentar la escritura de compra del inmueble, la escritura de venta y el justificante de haber pagado el impuesto de plusvalía.

Para ayudar a los afectados OCU ha puesto en marcha una campaña para facilitar la reclamación de la plusvalía municipal. A través de su web movilizate y del teléfono gratuito 900 90 29 56 los consumidores van a poder recibir asesoramiento sobre los pasos a seguir para reclamar la devolución del impuesto de la plusvalía ante los ayuntamientos en primera instancia y en los tribunales si es necesario. Es importante tener en cuenta que, si el impuesto se abonó hace más tiempo no se puede reclamar porque estaría prescrito.

¿Y si vendo ahora la casa a pérdidas?

Desde la OCU esperan que, tras la sentencia del Tribunal Constitucional, los ayuntamientos no cobren el impuesto de plusvalías a partir de ahora a aquellas personas que vendan su casa por un importe inferior al que pagaron inicialmente. Sin embargo, si a pesar de todo el ayuntamiento en cuestión sigue reclamando este impuesto, desde la OCU aconsejan pagarlo de momento y luego reclamar, según declaraciones a  TVE.

Desde la OCU se espera que los ayuntamientos faciliten las devoluciones para evitar que los contribuyentes tengan que llegar a la vía judicial, lo que podría colapsar los tribunales teniendo en cuenta el número de personas afectadas y teniendo en cuenta otros casos similares como las cláusulas suelo o los gastos de constitución de las hipotecas.

¿Se tiene que modificar el impuesto?

Sí, se tiene que modificar porque así se lo pide el Tribunal Constitucional al legislador. El Ministerio de Hacienda y Función Pública está a la espera de un informe de la Federación de Municipios y Provincias (FEMP) para cambiarlo después de las primeras sentencias que lo anularon en Gipuzkoa y Álava.

Cómo reclamar el impuesto de plusvalía si perdiste dinero en la venta de tu casa