
El secretario general de Salud Digital, Alfredo González, ha comparecido junto a Fernando Simón, director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias, para anunciar que efectivamente España ha comenzado a emitir ya desde este lunes 7 de junio el denominado ‘Certificado Covid Digital’ de la Unión Europea. De este modo, como ha aseverado, “España se convierte en uno de los primeros países capaces de emitir y reconocer este certificado digital”. Así, “nos adelantamos más de 20 días a la fecha en que este certificado es obligatorio, el 1 de julio”.
Como ha indicado el secretario general de Salud Digital, “el objetivo de este certificado es facilitar la movilidad de los ciudadanos en el ámbito de la Unión”
- Acredita que una persona ha recibido la pauta completa de una vacuna; una vacuna autorizada por la Agencia Europea del Medicamento (EMA) o una vacuna de la lista de autorizadas por la OMS.
- Acredita también una persona tiene una prueba diagnóstica con resultado negativo, incluyendo también desde hoy las pruebas de antígenos
- Además, acredita que una persona se ha recuperado de la enfermedad
- Es gratuito
- Puede obtenerse en formato electrónico y de manera presencial
- En ambos casos, cada certificado tendrá un código QR que facilitará su lectura
- Es un certificado sencillo, verificable e interoperable, es decir, sirve en cada uno de los países de la UE a partir del 1 de julio
- “Es totalmente seguro, respeta la privacidad y la protección de datos de las personas”
¿Cómo influye a la hora de viajar?
Según ha aseverado Alfredo González, “sin este certificado digital se podrá viajar dentro de la UE cumpliendo los requisitos sanitarios, pero el proceso de entrada al país será más lento; se podrán poner medidas adicionales como controles y cuarentenas. Con el certificado digital la entrada a cualquier país de la UE será mucho más rápido, más seguro y más ágil, evitando esperas y controles adicionales”.
Forma de obtenerlo
Para los ciudadanos que lo soliciten, “el proceso se ha iniciado hoy y su implantación será en nuestro país progresiva y en periodo de prueba durante todo el mes de junio, si bien todos los certificados que comiencen a emitirse desde hoy son plenamente válidos”.
“Esta semana la mayoría de las comunidades autónomas comenzarán a emitir certificados digitales de la UE para acreditar algunas de las condiciones señaladas: haberse vacunado, haber tenido un resultado negativo en una prueba diagnóstica o haberse recuperado de la enfermedad”. A este respecto, ha indicado que “en los próximos días o semanas las CCAA irán ofreciendo cada vez más funcionalidades de este certificado digital con intención de que el 1 julio todas ellas sin excepción puedan emitir en presencial y en electrónico los certificados que acrediten cada una de estas tres condiciones”.
Además, no solo lo expedirán las comunidades autónomas, sino que desde este 7 de junio, “el Ministerio de Sanidad ofrecerá estos certificados, en concreto el certificado de vacunación y haberse recuperado de enfermedad, también de manera complementaria a las CCAA en la sede electrónica”.
De este modo, para solicitarlo podemos:
- Acudir a la página habilitada por nuestra comunidad autónoma, como ha hecho ya, entre otras, por ejemplo, la Comunidad Valenciana
- Acudir a la sede electrónica del Ministerio de Sanidad
- Las vacunas aceptadas son también las autorizadas por la EMA y la OMS, y deben haber transcurrido 14 días desde la administración de pauta completa.
- Existe un certificado de vacunación, otro de prueba negativa y otro para acreditar la recuperación de covid-19.
- En este caso, si bien “el texto del reglamento ha de ser aprobado definitivamente por el Parlamento”, lo que se espera “a mediados de esta semana”, lo que disponen “los últimos borradores” es que la persona que ha superado la enfermedad tendrá que confirmarlo con “una prueba PCR positiva al menos 11 días anteriores a la emisión del certificado”. Además “tiene que haber pasado la enfermedad en los últimos 6 meses antes de la emisión del certificado”
- En el caso del certificado que acredite una prueba negativa, la PCR tendrá una validez de 72 horas, mientras que la de antígenos será de 48 horas. Además, como es lógico, deberán utilizarse test de diagnóstico homologados y aprobados por la UE.