España bajará la cuota a más de dos millones de autónomos. El Gobierno seguirá dando aire a los autónomos más allá de los planes de ayudas específicos aprobados con motivo de la pandemia. Al menos esta es la previsión del ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, quien aseguró que la reforma del Reta en la que ya trabaja el Ejecutivo provocará la reducción de la cuota de unos 2,1 millones de trabajadores por cuenta propia. Un nuevo sistema, el de cotización en base a los ingresos reales. Además según fuentes cercanas a estas negociaciones entre el Gobierno y las asociaciones representantes de los trabajadores autónomos, prevén que eche a andar en 2022.
El impacto de esta medida, que aproximó el propio ministro durante su comparecencia en la Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones este pasado jueves, a cuenta de las medidas que adoptará su Gabinete para la reforma de pensiones encomendada por el Pacto de Toledo. Y para dar explicaciones por la polémica de la ampliación del periodo de cálculo de la pensión de 25 años a 35 años cotizados. Y que implicaría un recorte medio en las pagas de jubilación del 6%.
Más allá, de la polémica, que el ministro ya explicó como un cruce de borradores que finalmente se zanjó con una propuesta menos concreta enviada a Bruselas el ministro hizo hincapié en las recomendaciones del Pacto de Toledo que avalan las medidas que adoptará el Ejecutivo en la materia en los próximos meses.
Convergencia de regímenes laborales
Y precisamente, uno de ellos hace referencia a esa convergencia de regímenes laborales, acercando la contribución de trabajadores autónomos a la Seguridad Social a la proporción correspondiente a sus ingresos reales. Un modelo que consistiría en fijar un porcentaje de aportación en función de sus ingresos previstos para el conjunto del año, dividido por tramos como ocurre en el régimen general.
Ayudas a autónomos
La protección a este colectivo se seguirá articulando en torno a cuatro ayudas: la prestación compatible con la actividad cuando haya caída de ingresos; prestación extraordinaria para quienes no puedan acceder a las dos ayudas anteriores; y prestación para autónomos de temporada.
Prestación por suspensión de actividad
La prestación por suspensión de actividad está dirigida a aquellos trabajadores autónomos con una suspensión temporal de toda su actividad por decisión administrativa. La cuantía de la prestación es del 50% de la base mínima de cotización; cantidad que se incrementa un 20% si el trabajador autónomo es miembro de una familia numerosa.
El autónomo quedará exonerado de pagar las cuotas a la Seguridad Social, aunque ese periodo le contará como cotizado. Y, en su caso, será compatible con ingresos del trabajo por cuenta ajena hasta 1,25 veces el SMI.
Prestación compatible con la actividad
Por su parte, la prestación compatible con la actividad flexibiliza en esta nueva prórroga el requisito de ingresos. Así, la podrán solicitar aquellos trabajadores cuya facturación en el primer semestre de 2021 caiga el 50% (antes era el 75%) frente al segundo semestre de 2019. El importe de esta prestación es el que corresponda por su base de cotización.