martes. 19.03.2024
Así es la reforma del impuesto de las plusvalías en España
Así es la reforma del impuesto de las plusvalías en España

La plusvalía municipal sufre un nuevo cambio en España. El BOE ya ha publicado el documento con el que se adapta el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, conocido como plusvalía municipal, a la sentencia del Tribunal Constitucional. Y desde hoy miércoles, día 10 de noviembre, ya está en vigor.

De esta manera, el texto del Gobierno de España establece dos opciones para determinar la cuota tributaria que el contribuyente podrá elegir para aplicarse la más beneficiosa. Por un lado, podrán optar por calcular el importe por el resultado objetivo de multiplicar el valor catastral por unos nuevos coeficientes que tendrán en cuenta la realidad inmobiliaria.

Por otra parte, podrán también decantarse por el cálculo a través de una ganancia real, con la diferencia entre el precio de venta y el de adquisición del inmueble en cuestión.

De esta manera, en caso de que el contribuyente no obtenga una ganancia patrimonial por la venta de la vivienda, quedará exento de pagar este impuesto. Para constatar la inexistencia de incremento de valor, como valor de transmisión o de adquisición se tomará el que sea mayor de entre el que conste en el título que documente la operación o el comprobado, en su caso, por la Administración Tributaria, de acuerdo con la nueva facultad que se otorga a los ayuntamientos.

Coeficientes actualizados cada año

El Gobierno proyecta así unos nuevos coeficientes que se aplicarán sobre el valor catastral y que se actualizarán cada año. Así se establece que la base imponible del impuesto será el resultado de multiplicar el valor catastral del suelo en el momento del devengo por los coeficientes que aprueben los ayuntamientos, que en ningún caso podrán exceder de los límites fijados en función del número de años transcurridos desde la adquisición del inmueble.

Por otra parte, serán gravadas las plusvalías generadas en menos de un año, es decir, las que se producen cuando entre la fecha de adquisición y de transmisión ha transcurrido menos de un año.

Período de adaptación de los ayuntamientos

Pero como toda ley que entra en vigor tendrá un tiempo de adaptación. En este sentido, el Ejecutivo dará a los ayuntamientos seis meses para adaptar su normativa al nuevo marco legal. Además, el decreto reconoce la posibilidad de que los ayuntamientos, a los solos efectos de este impuesto, corrijan hasta un 15% a la baja los valores catastrales del suelo en función de su grado de actualización.

La reforma “es una muy buena noticia para todos los ayuntamientos de España pero también para la ciudadanía”, celebró ayer la ministra de Política Territorial y portavoz del Gobierno, Isabel Rodríguez, al anunciar la medida.

Así es la reforma del impuesto de plusvalía municipal que entra en vigor en España