jueves. 25.04.2024

Con la finalidad de poner algo de orden en las declaraciones que los ciudadanos españoles hacen al Fisco, el gobierno de España acaba de aprobar un proyecto de ley, a través del cual aquellos contribuyentes que posean divisas digitales, tales como Bitcoin; Ethereum; Tehter; entre otras, deberán informar a las autoridades de Hacienda sobre la tenencia y operación de las mismas.

La finalidad del citado instrumento legal es “luchar contra el fraude fiscal” y sustituye a una propuesta que data de hace dos años. Los ciudadanos deberán entonces declarar si son poseedores de estos criptoactivos; sin importar si es fuera o dentro de territorio español. La ley, que además abarca otros ámbitos, prevé recaudar unos 828 millones de euros para las arcas del Estado.

El proyecto tiene su basamento en la Ley 7/2012, que expresamente señala que los residentes en España están en la obligación de hacer del conocimiento de las autoridades de Hacienda y del Fisco; acerca de los bienes y derechos que poseen fuera de sus fronteras. Así que esta condición también recae en aquellos tenedores de criptoactivos.

En la campaña de recaudación correspondiente al pasado año, el Fisco dio a conocer a los contribuyentes, unos 14.700 aproximadamente, que requerían incluir en el formato de declaración de la renta, todos los beneficios que le son generados por este concepto.

Obligación de informar sobre la tenencia y operativa con criptomonedas

La Legislación va en serio. La cuenta oficial de Twitter del Palacio de la Moncloa ha informado que "se incorpora la obligación de informar sobre la tenencia y operativa con monedas virtuales; tanto en España como en el extranjero si afecta a contribuyentes españoles”. “Se exigirá información sobre saldos y titulares de las monedas en custodia".

Sin embargo, esta normativa presenta un inconveniente y es que no aclara de qué manera será aplicada y articulada, lo que acarrea algunas dudas acerca de su regulación y alcance. Actualmente, los contribuyentes tienen el deber de presentar una declaración mediante el modelo 720, siempre y cuando los bienes que posean en el extranjero superen los 50.000 euros.

Ahora bien. Si las divisas se encuentran en un monedero virtual, estas no tienen ubicación geográfica. He allí el dilema, ante tamaño vacío legal que presenta la normativa sobre las monedas virtuales.

Por lo pronto, solo resta esperar a ver cuál será la forma definitiva que dará el Ejecutivo español, ya que aún no se conoce a ciencia cierta el texto completo de la mencionada ley, toda vez que aún se encuentra en fase de proyecto. Mientras tanto, los propietarios de dinero digital tendrán que ponerse a calcular de cuánto será el impuesto a pagar, a ver si les conviene o no, seguir en posesión de criptoactivos.

A sacar cuentas: En España deberán declarar tenencia de criptoactivos