jueves. 18.04.2024
Puede que no vaya a la cárcel. Así abusó de una menor a la que acogía en Sevilla
Puede que no vaya a la cárcel. Así abusó de una menor a la que acogía en Sevilla

Condena de cárcel, aunque ahora habrá que ver si entra en prisión al ser la pena inferior a dos años. Es la resolución a una historia de abusos tristemente protagonizada por un hombre contra una menor tutelada a la que acogía en su casa de Sevilla

El Supremo ha ratificado una condena a un año y dos meses de cárcel que le había impuesto la Audiencia de Sevilla, por un delito de intento de abuso sexual a una menor de 12 años tutelada por la Junta de Andalucía y que acogía habitualmente en su hogar. Al ser inferior a dos años puede que no vaya a la cárcel.

La Audiencia Provincial de Sevilla ya juzgó los actos en su día
La Audiencia Provincial de Sevilla ya juzgó los actos en su día

En concreto se le condena por un delito de abuso sexual intentado sobre menor, imponiéndole un año y dos meses de prisión, así como tres años de prohibición de acercarse a la víctima o comunicarse con ella, cinco años de libertad vigilada post penitenciaria y una indemnización de 2.000 euros en favor de la menor.

Abusa contra una menor tutelada

Los hechos habrían acontecido cuando la menor contaba 12 años de edad "y se encontraba en el domicilio del acusado", entonces de 58 años, "pues al mismo y a su esposa se les había atribuido la condición de familia colaboradora. La menor "vivía habitualmente en un centro de acogimiento residencial de Sevilla", pero desde 2011 "pasaba gran parte de los fines de semana y vacaciones con el acusado y su familia, siendo visitas

Según el relato de los hechos, el acusado, su esposa y la menor llegaron de noche a casa. Era muy tarde y cada uno se dirigió a su dormitorio", indica la sentencia inicial condenatoria de la Audiencia, exponiendo que la menor "estaba en su dormitorio ya acostada y se sintió inquieta porque había relámpagos y sentía frío, por lo que decidió levantarse e ir al salón para buscar una manta y ver la tele como en otras ocasiones".

"Cuando llegó al salón se encontró al acusado recostado en el sofá, la tele estaba encendida y no sabía si él estaba dormido o despierto. Al acercarse vio que estaba despierto y le dijo 'papá tengo frío' y él le contestó 'túmbate aquí conmigo', haciéndolo seguidamente la menor", a la que él "arropó con la manta", tras lo cual "comenzó a hacerle cosquillas por la espalda como en otras ocasiones para que se durmiera, en el curso de lo cual el inculpado comenzó a excitarse sexualmente y, en un determinado momento, movido por un ánimo libidinoso, se sacó el pene y le preguntó a la menor si se lo tocaba, cogiéndole la mano para dirigirla hacia su miembro viril con intención de que lo masturbara, si bien la menor, al salir de su sorpresa, retiró la mano rápidamente, levantándose y marchándose a su dormitorio".

Según la sentencia inicial condenatoria de la Audiencia, "al día siguiente él entró en el dormitorio de la menor cuando la misma estaba acostada" y "le dijo que lo perdonara, pidiéndole también que no contara a nadie lo sucedido porque le podía arruinar la vida".

No admisión de recurso

Tras recurrir el condenado ante el Supremo la sentencia del TSJA que ratifica las penas impuestas por la Audiencia, el TS ha declarado la no admisión de su recurso, pues "no se alegan ni plantean argumentos distintos de los ya esgrimidos, que permitan apreciar las razones que podrían dar lugar a un pronunciamiento que se apartara de las conclusiones obtenidas en las dos instancias previas a la casación".

El Tribunal Supremo argumenta su decisión "especialmente, teniendo en cuenta que en la sentencia recurrida ha recibido por parte del órgano de apelación una respuesta lógica, motivada y razonable y que respeta la reiterada jurisprudencia"

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