Uno de esos sucesos realmente escalofriantes que demuestran que el ser humano no tiene límites. En este caso ha estado protagonizado en Sevilla por un hombre que difundía pornografía infantil incluyendo incluso vídeos de bebes. Tras ser detenido, la justicia ya ha emitido la correspondiente condena aunque se puede librar de la cárcel al ser la condena inferior a 2 años.
Según la información a la que ha tenido acceso ElMIRA, la Audiencia de Sevilla ha condenado a un año y medio de prisión a un varón, por un delito de pornografía infantil derivado del hallazgo en su terminal telefónico de 159 archivos entre los que figuraban vídeos de "menores 16 años, incluso bebés, participando en conductas sexuales explícitas, que habían sido compartidos por el encausado con otros usuarios", siendo tal extremo denunciado por Google ante las autoridades de Estados Unidos.
De esta manera, se declara probado, de conformidad entre la acusación que ejercía la Fiscalía y el inculpado, identificado como Antonio G.D., vecino de Utrera y de 67 años de edad, que el Centro Nacional para Menores Desaparecidos y Explotados de Estados Unidos emitió informes puestos a disposición de las fuerzas del orden de España, en los que "se ponía de manifiesto que la compañía Google denunciaba que un usuario había distribuido archivos de contenido pornográfico infantil a través de su perfil de Google.
Registro domiciliario
Después de ponerse en marcha las pertinentes diligencias de investigación practicadas a instancia del Grupo de Delitos Tecnológicos de la Brigada de Policía Judicial de la Jefatura Superior de Policía de Sevilla, resultó que la dirección vinculada la IP reseñada se correspondía con el domicilio ubicado en Utrera, morada del acusado Antonio G.D. y titular de la línea de teléfono reseñada.
Es por ello que el Juzgado de Instrucción número diez de Sevilla autorizó la entrada y registro en el domicilio del encausado, incautándose para su análisis un disco duro y un teléfono móvil marca Samsung Galaxy J7. Fue entonces cuando se localizaron un total de 159 archivos entre los cuales figuraban varios en formato vídeo en los que menores de edad inferior a 16 años, incluso bebés, participaban en conductas sexuales explícitas, entre sí o con menores de edad que alcanzaban la penetración de órganos genitales masculinos por vía vaginal y bucal y que habían sido compartidos por el encausado con otros usuarios".
Finalmente, hay que añadir que estudiado el caso, y de conformidad entre la Fiscalía y el acusado, el tribunal impone al mismo un año y medio de cárcel por un delito de pornografía infantil, así como a tres años de inhabilitación especial para cualquier profesión, oficio o actividades.



