Todo ocurrió por una brusca frenada del conductor en Sevilla y que acabó afectando a una mujer que viajaba en silla de ruedas. Ahora los tribunales han decidido incrementar la indemnización que deberá abonarse a la señora accidentada.
De esta manera, la Audiencia de Sevilla ha elevado de 407,44 euros a 1.609,44 euros, la cuantía con la que han de indemnizar la sociedad municipal Transportes Urbanos de Sevilla (Tussam) y su compañía aseguradora, a una mujer accidentada mientras viajaba en silla de ruedas en uno de los autobuses de la empresa pública.
Así, la Sección Sexta de la Audiencia de Sevilla aborda un recurso de apelación interpuesto por una mujer que estima sólo parcialmente su demanda contra Tussam y su compañía aseguradora, Zurich, condenando a estas últimas "a abonar a la demandante 407,44 euros tras haber ya sido indemnizada la misma por ese concepto en la cantidad de 1.202,02 euros".
Hay que recordar que la mujer reclamaba 7.637,88 euros a Tussam y su compañía aseguradora "por lesiones y secuelas como consecuencia de un accidente de circulación que tuvo lugar el 28 de marzo de 2018
Accidente de una mujer en silla de ruedas en un autobús de Tussam en Sevilla
En este sentido, la Audiencia corrobora que "la caída en el interior del autobús se produce por la maniobra de evasión y frenado que realiza el conductor del autobús, pero al vuelco de la silla de ruedas que ocupaba la actora contribuye de una manera al menos igual de importante que aquella maniobra el hecho" de que la mujer y su hija no adoptaran las medidas de abrochar el cinturón y accionar sistema de freno de la silla de ruedas".
Asimismo, la Audiencia sí estima la parte del recurso de apelación en la que la afectada esgrime, ante la "detracción" de 1.202,02 euros de la cuantía reclamada merced al dinero ya "percibido con cargo al Seguro Obligatorio de Viajeros; la "compatibilidad entre el seguro obligatorio de viajeros y el seguro obligatorio de responsabilidad civil derivada de la circulación de vehículos de motor".
Finalmente, hay que añadir que la Sección Sexta de la Audiencia de Sevilla señala así la jurisprudencia que avala "el criterio favorable a la compatibilidad de ambas indemnizaciones", estimando así parcialmente el recurso de apelación y condenando a Tussam y a su empresa aseguradora a pagar a esta mujer 1.609,44 euros.

