jueves. 25.04.2024
Muere un hombre quemado tras el incendio de una vivienda en La Puebla del Río (Sevilla)
Quema la casa de su expareja en Sevilla: Este es el motivo por el que le reducen la condena

Un acto de despecho que ha acabado en una reducción de condena. Ha ocurrido en Sevilla, donde un hombre ha visto reducida su pena después de quemar la casa de su expareja. Todo por haber confesado y "allanado" el la labor de la justicia.

La información a la que ha tenido acceso este medio constata que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha revocado parcialmente una sentencia de la Audiencia de Sevilla, reduciendo de cuatro a tres años de prisión la condena impuesta a un varón por incendiar intencionadamente la vivienda de su expareja, al admitir la atenuante de reconocimiento de los hechos.

La sede del TSJA
La sede del TSJA

Se estima, de esta forma, un recurso de apelación interpuesto por un varón, contra una sentencia de la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla que le condena a cuatro años de cárcel por un delito de incendio con la atenuante de reparación del daño, al provocar un fuego de manera intencionada en la vivienda de la que había sido su pareja sentimental una semana antes del suceso.

Incendia la casa de su expareja en Sevilla

El fallo declaró probado que José Diego G.S. mantuvo una relación sentimental con la víctima durante unos seis meses, conviviendo ambos en el domicilio de ella, en la calle Alejandro Collantes del barrio hispalense de Nervión. Sin embargo, la relación se interrumpió varias veces por parte de ella, aunque volvía a reanudarse a instancias del acusado", precisa la Audiencia, añadiendo que el 12 de septiembre de 2019, la mujer "rompió definitivamente" la relación con José Diego G.S., abandonando ella misma su propio domicilio y recibiendo acoso por parte del acusado.

A este respecto, el encartado remitió un mensaje a la mujer vía WhatsApp, avisándole de que "ojalá" tuviese ella "seguro de incendios". Horas más tarde, "le envió un nuevo mensaje" con la siguiente advertencia: "Hoy arde tu piso".

Y fue "la tarde del día 18 de septiembre, el procesado provocó dos focos de fuego, uno en cada sofá del salón de la vivienda, propagándose inmediatamente el mismo al resto de la casa, por lo que salió de la misma, llamando repetidamente a la puerta del piso 1°F, de la que salió su inquilino, que al observar cómo salían llamas del domicilio agarró al acusado y salieron rápidamente del edificio", agrega el relato de hechos probados, señalando que "otro vecino alertó a la Policía Nacional, que patrullaba por la zona, que dio aviso a la sala del 091 y al servicio de los Bomberos, que llegaron con rapidez".

Como consecuencia del fuego dos vecinas hubieron de ser atendidas en el hospital por inhalación de humo, mientras la vivienda de la expareja del inculpado "resulto totalmente calcinada, habiendo sido tasados pericialmente los daños causados en el continente en la cantidad de 36.461,17 euros".

Reducción de condena

José Diego G.S., así, fue condenado a cuatro años de prisión por un delito de incendio con la atenuante de reparación del daño por las cuantías abonadas a cuenta de los daños causados, así como a 12 años de prohibición de acercarse o comunicarse con su expareja y a pagar indemnizaciones.

La Audiencia de Sevilla
La Audiencia de Sevilla

Ahora, el TSJA ha estimado uno de los motivos de la impugnación pero ha admitido otro, en el que el abogado del condenado esgrimía que "su confesión en el juicio oral fue plena y relevante para el conocimiento del hecho enjuiciado".

Finalmente, hay que añadir que "en el supuesto enjuiciado ni había testigos directos ni puede afirmarse que la autoría del acusado fuese previsiblemente acreditable de modo indubitado en base al bagaje de prueba con que se contaba, de manera que si bien no es descartable que ese acervo probatorio hubiera podido conducir a la condena del acusado aun negando éste la intencionalidad del incendio, su confesión allanó el camino de modo indudable".

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