martes. 16.04.2024

Andalucía se enfrenta desde la madrugada de este domingo a un nuevo escenario en su lucha contra el Coronavirus. De esta manera, han entrado en vigor las nuevas restricciones para enfrentarse a la pandemia del Coronavirus

Estas nuevas medidas contra el Coronavirus fueron decididas el viernes en una reunión del comité de expertos que asesora a la Junta en la lucha contra la pandemia, presidida por el presidente andaluz, Juanma Moreno, que dio cuenta en una comparecencia pública posterior de las nuevas restricciones.

Andalucía sigue cerrada perimetralmente y sólo se podrá entrar y salir por causas justificadas, como la asistencia a centros sanitarios, centros laborales; centros educativos o actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos y judiciales, entre otros aspectos.

Modificaciones

La principal novedad respecto a las restricciones decretadas el 8 de enero es que "se ha acordado implantar la limitación de la movilidad entre todas las provincias de Andalucía". Y "el cierre perimetral de todos aquellos municipios que superen una incidencia acumulada de 500 casos por cada 100.000 habitantes en 14 días y limitar las reuniones a cuatro personas, salvo convivientes"; señala en sus disposiciones generales la Orden de la Consejería de Presidencia publicada en el BOJA.

El artículo uno señala en su primer punto que "la permanencia de grupos de personas en espacios de uso público, tanto cerrados como al aire libre, queda condicionada a que no se supere el número máximo de cuatro personas; salvo que se trate de convivientes, a excepción de velatorios y entierros". El mismo límite se establece en espacios privados, como señala el punto tres del mismo artículo.

Limitación de la movilidad

El artículo dos establece la limitación de la la movilidad entre todas las provincias y de los municipios que superen los 500 casos de incidencia acumulada por cada 100.000 habitantes en 14 días; salvo para aquellos desplazamientos justificados en el artículo 2 del BOJA del 8 de enero, como motivos laborales, sanitarios o académicos, entre otros.

Así pues, las novedades son tres situaciones en las que se permiten los desplazamientos entre provincias, como "para el desarrollo de actividades cinegéticas vinculadas al control de la sobreabundancia de especies cinegéticas que puedan causar daños a los ecosistemas, en los ciclos productivos de la agricultura y la ganadería y en la seguridad vial"; o "desplazamientos, sin acompañamiento, de deportistas federados, de alto nivel o de alto rendimiento, entrenadores, jueces o árbitros federados, para las actividades deportivas de competiciones oficiales que se encuentren autorizadas en cada momento por las autoridades sanitarias y que se acreditarán mediante licencia deportiva o certificado federativo, siempre que no procedan de municipio con cierre perimetral".

Los comercios

El BOJA extraordinario va acompañado de otra Orden de la Consejería de Salud y Familias. Esta señalan en su artículo 3 que "en el grado 1 las medidas coincidirán con las recogidas para el nivel de alerta 3 o 4 de la Orden de 29 de octubre de 2020, si bien con una limitación horaria de las 18 horas en todas las actividades, servicios o establecimientos recogidas en la misma".

Esto supone que la totalidad de los negocios de hostelería y los comerciales tendrán que cerrar a esa hora. Toda Andalucía está actualmente en Nivel 4 de alerta.

Estas son las nuevas restricciones contra el Coronavirus en Andalucía