La ciudad de Jerez de la Frontera se encuentra en nivel 4 de Alerta Grado I, superando los 500 casos de contagios de Covid-19 por cada 100.000 habitantes. En este sentido, según las nuevas medidas en Andalucía se ve afectado por el cierre perimetral del municipio. Solo se podrá acceder o salir de Jerez por causa justificada.
También se encuentran en la misma situación Sanlúcar de Barrameda, San Fernando, Conil, Jimena, Los Barrios y San Martín del Tesorillo. En peor situación, Grado II están en la provincia de Cádiz, Trebujena, San José del Valle, Castellar, San Roque y La Línea.
Las nuevas medidas entran en vigor a las 00:00 horas del domingo 17 de enero, es decir, la noche del sábado al domingo. Los datos se analizarán a diario.
Estas son las restricciones en Jerez
Además del toque de queda a las 22 horas si el Gobierno no aprueba adelantarlo a las 20 horas, hay que destacar el cierre de bares y comercios a las 18 horas y que las reuniones son de un máximo de 4 personas.
Restricción de movilidad a las 22 Horas
Si el Gobierno de España lo aprueba se reduce la movilidad a partir de las 20 horas de la tarde-noche.
Excepciones al toque de queda
- Adquisición de medicamentos, productos sanitarios y otros bienes de primera necesidad.
- Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
- Asistencia a centros de atención veterinaria por motivos de urgencia.
- Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.
- Retorno al lugar de residencia habitual tras realizar algunas de las actividades previstas en este apartado.
- Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o persona especialmente vulnerables.
- Repostaje en gasolineras o estaciones de servicio, cuando resulte necesario para la realización de las actividades previstas en los párrafos anteriores.
- Los partidos de competiciones deportivas de carácter profesional y ámbito estatal oficialmente reconocidas, y los partidos de carácter internacional organizados por FIFA, UEFA, FIBA y Euroliga de baloncesto.
- Actividades en lonjas pesqueras, centros de expedición de primeras ventas, mercados centrales y lonjas de abastecimiento de productos agroalimentarios.
- Causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
- Reparto de comida a domicilio. Particulares y empresas de reparto podrán recoger pedidos en bares y restaurantes hasta las 21.30 horas para consumir en casa.
Cierre de Hostelería y Comercios a las 18 horas de la tarde
La Recogida de pedidos en hostelería continúa hasta las 21:30 horas; los encargos por teléfono hasta las 22:30 y la entrega a domicilio hasta 23:30 horas. Si el Gobierno autoriza adelantar el toque de queda, se adaptarán esos horarios.
¿Cuáles son los negocios que se libran al cierre adelantado?
- Actividad industrial.
- Establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad.
- Centros, servicios y establecimientos sanitarios.
- Ópticas y productos ortopédicos.
- Los servicios profesionales y empleados del hogar.
- Servicios sociales y sociosanitarios.
- Farmacias.
- Centros o clínicas veterinarias.
- Los establecimientos comerciales dedicados a la venta de combustible para la automoción.
- Las estaciones de inspección técnica de vehículos.
- Los servicios de entrega a domicilio.
- Los comedores sociales y demás establecimientos para la entrega y reparto de alimentos con carácter solidario o benéfico.
- Los velatorios.
- Los centros deportivos para la realización de actividad física que sean al aire libre, siempre que no se trate de deportes de contacto.
- Espacios deportivos cubiertos para la práctica de deporte federado en edades de los 16 años a categoría absoluta.
- Puntos de encuentro familiar.
- Centros de Atención Infantil Temprana y Centros de tratamiento ambulatorio.
- Establecimientos de régimen horario especial:
- Áreas de servicio en carreteras.
- Establecimientos ubicados en aeropuertos y estaciones para usuarios.
- Locales ubicados en hospitales, tanatorios y centros sanitarios.
- Establecimientos ubicados en lonjas, mercados y similares para servicio a trabajadores.
- Actividad docente no universitaria, comedores escolares, aula matinal y transporte escolar.
- Actividades universitarias.
- Conservatorios, escuelas de idiomas, academias, centros de educación permanente de adultos y similares.
