
Nuevo episodio de ataque contra la libertad de la mujer. En este caso se ha localizado en Málaga donde un psiquiatra ha abusado sexualmente de una mujer y ahora se enfrenta a una dura condena tras la decisión de los tribunales.
De esta manera, la Sección de apelación de la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado el recurso interpuesto por un psiquiatra condenado a siete años de prisión y ha confirmado íntegramente la sentencia de la Audiencia de Málaga.

La resolución recoge que el acusado desplegó actos "que atentan contra la libertad o indemnidad sexual de la víctima", teniendo una relación de superioridad con la referida "ya que era el psiquiatra que llevaba su tratamiento".
Cuadro de distemia o depresión
Según el relato de los hechos, la víctima presentaba un cuadro de distemia o depresión leve para el que se estaba tratando entre otros profesionales en la consulta del psiquiatra condenado. Dentro de este tratamiento, en mayo acudió a la cita del doctor, no encontrándose ese día en su puesto de trabajo la enfermera que acompañaba habitualmente al sanitario.
En este sentido hay que especificar que durante una visita anterior la mujer le había manifestado que creía tener una hernia, este le preguntó por la misma solicitándole que se tumbara en la camilla para examinarla. Una vez así, el doctor "movido por un ánimo libidinoso" abusó sexualmente de ella, pese a la insistencia de la joven de sentía dolor.
La investigación confirma que la mujer confiaba en el doctor y creía que atendía bien su patología, de forma que "había confiado en todo momento en las indicaciones de este, encontrándose precisamente por esa confianza completamente vulnerable al espurio ataque del hombre".
Recurso ante la Sala Civil y Penal
Por otra parte, en el recurso presentado ante la Sala Civil y Penal, el condenado niega dichos actos y reclama la absolución por error en la valoración de las pruebas del juicio, vulneración del derecho a la presunción de inocencia y aplicación indebido de los artículos del Código Penal. En el error de valoración de la prueba, el recurrente apela a que la declaración de la víctima, principal prueba de cargo, se trata de "fabulaciones sin sentido".
Finalmente, hay que añadir que la Sala entiende que el testimonio colma los requisitos de verosimilitud, persistencia en la incriminación y falta de intereses espurios por lo que le aplica la condena anteriormente expuesta.