sábado. 04.04.2026

La nueva ley de teletrabajo multará a quienes no den un ordenador a sus trabajadores

España ha aprobado una nueva ley sobre el teletrabajo para intentar regular la situación del trabajador y multará al empresario si no le da todo el material necesario
teletrabajo
Teletrabajo

Con la llegada de la pandemia por coronavirus, también llegó una nueva forma de trabajo al que muchas personas tuvieron que enfrentarse a él por primera vez: el teletrabajo. Sin necesidad de salir de casa puedes llevar a cabo tu trabajo, algo que sin duda, ayudó mucho durante el confinamiento en el que solo los trabajadores de servicios esenciales podían salir a trabajar.

Pero el teletrabajo no es algo que ha venido bien durante la crisis sanitaria y se haya acabado, sino que ha llegado para quedarse y podría llegar a ser la forma de trabajo del futuro.

Sin embargo, como todo lo nuevo necesita sus medidas para cuidar al trabajador, el cual tendrá que hacerse cargo de gastos de los que antes se hacía la empresa, como luz, agua, internet y un equipo informático.

El teletrabajo es algo que puede venir muy bien para el empresario, ya que se ahorra muchos gastos, como alquiler de local, luz, agua, equipos informáticos, etc. Algunos de los gastos, que ahora recaen en sus trabajadores.

La nueva ley de teletrabajo

Por ello, para regular esta situación España el Gobierno ha decidido aprobar la nueva ley 10/2021 sobre el trabajo a distancia y afectará en gran parte a los autónomos. En este sentido, los empresarios pondrían multas de hasta 7.500 euros en caso de que no aporte todo el material necesario a sus trabajadores como ordenadores y pagar el importe de luz necesario.

La anterior ley a esta sobre el teletrabajo era prácticamente igual, aunque la multa era de 1.300 euros menos. El abogado David Navarro considera que estamos ante una "ley de mínimos" y que "a partir de esos mínimos, se irán regulando cosas", considerando que está lejos de considerarse plenamente eficaz.

"Se han incrementado las infracciones previamente impuestas para los autónomos aprovechando que esa ley se tenía que desarrollar", explica el jurista. La ley de teletrabajo no ha supuesto una gran diferencia, ya que "las medidas vienen a ser las mismas que se han venido hablando hasta ahora, incrementándose las sanciones".

Por otra parte, no ha mostrado optimismo ante la posibilidad de que esta nueva ley se consolide y sea efectiva, y recuerda que "estamos viendo que muchas empresas están llamando a sus trabajadores para que vuelvan a sus centros de trabajo".

Falta de capacidad

Sin embargo, no achaca este pronóstico a la falta de adaptación de los trabajadores, sino a la capacidad de las empresas de poder mantener el trabajo en remoto. "No penséis que realmente vuelve todo el mundo porque no gusta el trabajo a distancia, es porque no estamos preparados a nivel técnico y tecnológico para teletrabajar", sentencia.

Navarro apunta que por parte de las empresas "es muy complicado hacer un seguimiento de sus empleados", tanto de sus horarios de llegada, salida y descansos como de su trabajo. Estima además como "muy difícil" tasar y regular los gastos de luz, teléfono, internet y calefacción que tendría que abonar la empresa o autónomo a sus trabajadores.

Por otro lado, matiza que dependiendo del tipo de trabajo en cuestión, es más fácil o no llevar a cabo correctamente el teletrabajo, ya que "debido al carácter del oficio es más sencillo o no".

También hay nuevos oficios relacionados con la innovación tecnológica que sí están preparados por su propia naturaleza para el teletrabajo, albergando más dudas en lo referente a empleos clásicos o esencialmente presenciales.

Navarro, además, opina que en un futuro a corto plazo "existirán teletrabajadores en oficios muy sencillos" siendo menos optimista en otros empleos que impliquen funciones más complejas.

Las multas no serán aplicables hasta el 1 de octubre

Aunque esta ley ha sido aprobada por el Gobierno este pasado sábado 10 de julio, no será efectiva hasta el 1 de octubre. El motivo es la Vacatio legis, que se utiliza para facilitar un plazo de tiempo a las empresas y para que se puedan adecuar a ciertas normas, funcionando como un plazo "para que se afine y se ponga al día".

La nueva norma también contempla otras sanciones más duras con multas tasadas en un máximo de 225.018 euros para aquellas empresas que acometan "discriminación, directa o indirecta, particularmente por razón de sexo, edad, antigüedad o grupo profesional o discapacidad, de las personas trabajadores que prestan servicios a distancia", según se indica en el Boletín Oficial del Estado (BOE)

Una de las novedades que introduce esta norma es que, en caso de tener trabajadores con discapacidad en la empresa, "la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva del trabajo a distancia deberán tener en cuenta los riesgos característicos de esta modalidad de trabajo, poniendo especial atención en los factores psicosociales, ergonómicos y organizativos y de accesibilidad del entorno laboral efectivo", según se indica en el Artículo 16.

Por ello, las infracciones graves se sancionarán entre una horquilla de 3.750 y 12.000 euros, y las infracciones muy graves podrían oscilar desde los 12.001 hasta los mencionados 225.018 en el caso de que la infracción implique discriminación al empleado.

La nueva ley de teletrabajo multará a quienes no den un ordenador a sus trabajadores