martes. 23.04.2024
La Audiencia Nacional ratifica 100.000 euros de multa a Atresmedia por 'El jefe infiltrado' por publicidad encubierta del Grupo Abrasador
La Audiencia Nacional ratifica 100.000 euros de multa a Atresmedia por 'El jefe infiltrado' por publicidad encubierta del Grupo Abrasador | Atresmedia

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) multó a Atresmedia por realizar dos prácticas contrarias al artículo 18.2 de la Ley General de las Comunicaciones Audiovisuales (LGCA) en El Hormiguero y El Jefe Infiltrado y publicidad encubierta en la que había introducido sus programas. Un año y medio después, la Audiencia Nacional confirmó que el formato de laSexta debía pagar una multa de 100.000 euros.

El programa por el que el grupo recibió la multa se remonta al programa emitido el 9 de mayo de 2019, en el que se habría emitido publicidad encubierta de Grupo Abrasador. Así lo afirma la Audiencia Nacional en un documento recogido por Confidencial Digital.

El jefe infiltrado - Grupo Abrasador - Atresmedia
El jefe infiltrado - Grupo Abrasador - Atresmedia

La publicidad encubierta que adelanta vertele, como confirma la sentencia judicial, se produce en la locución que arrancaba el programa de laSexta como presentación de la empresa Abrasador: “A la hora de sentarse a la mesa el 85% de los españoles escoge la carne como alimento preferido para sus comidas y cenas, pero no todas las carnes son iguales, entre las mejores están las que ofrecen una de las más importantes empresas del sector: ¡Abrasador!"

El tribunal calificó esta presentación como una infracción administrativa: “Contenido publicitario que suman 2:52 minutos, con una audiencia de 1.275.000 espectadores”, dice la sentencia.

De ello concluye que el programa en cuestión entra dentro de la categoría de «ocultar al espectador de la finalidad publicitaria». Esto se justifica por el hecho de que a un anunciante le llevaría mucho tiempo explicar en una comunicación publicitaria que su empresa no cumple con determinadas medidas de seguridad e higiene. Así como difícilmente podría reflejarlo engañando a sus clientes bajando el menú del día como sucede en el Capítulo 46 de El Jefe Infiltrado.

La pena reducida al mínimo

La Audiencia Nacional sancionó el programa con la pena mínima para este tipo de infracciones. Tal y como establece el artículo 60.2 de la Ley General de la Comunicación Audiovisual, éstos pueden ser sancionados hasta con 500.000 euros.

La sentencia también destaca que si bien el programa suele dar el nombre exacto de la empresa donde se realiza la promoción, lo cierto es que en el Capítulo 46 el propósito promocional se demuestra con "Abrasador" en toda la sala para aumentar sus elogios por los resultados. Y eso no se identifica como un anuncio de televisión, al contrario: el elogio se hacía “bajo el pretexto” de integrar el contenido en el formato.

El tribunal incide en el diálogo de cierre de la Junta Directiva, que “elogia la tenacidad y el amor que los empleados y equipo de la marca 'Abrasador' ponen en cada una de sus actividades y en los productos que ofrecen”.

“Tanto las imágenes elogiosas de la citada empresa como las menciones verbales explícitas de la misma, que tienen un claro carácter publicitario, en última instancia ocultaron tal carácter publicitario durante la emisión del programa”, se lee en el escrito.

La Audiencia Nacional ratifica 100.000 euros de multa a Atresmedia por 'El jefe...