viernes. 19.04.2024

En plena pandemia del Coronavirus, uno de los grandes aspectos que se miran en cada hogar es el de las ayudas para hacer frente a la crisis. Y en este contexto, cobran especial importancia las nuevas ayudas por tener un hijo a tu cargo.

La prestación de la Seguridad Social por hijo a cargo para personas en situación de vulnerabilidad ha dejado de existir y ahora esta ayuda está integrada dentro del nuevo Ingreso Mínimo Vital (IMV). El ente público derivó en julio al IMV a casi 76.000 familias que cobraban la prestación por hijo a cargo y que cumplían los requisitos para recibir la nueva ayuda. Aquellos que no han sido incluidos en esa remesa de forma automática no han sido derivados porque la Seguridad Social no tenía la suficiente documentación para aprobarla sin más trámites, por lo que deben solicitar el cobro de la renta mínima.

La ayuda integrada en el IMV es una prestación familiar no contributiva reconocida por cada hijo a cargo del beneficiario menor de 18 años -o mayor con discapacidad igual o superior al 65%-; así como por los menores que estén acogidos en el seno familiar y que cumplan una serie de requisitos.

La cuantía no contempla pagas extraordinarias y se realiza de manera bianual; de tal manera que los pagos se realizan en enero y julio en el caso de menores de 18 años. No obstante, en el caso de mayores de edad afectados por discapacidad los ingresos se realizan de forma mensual.

Renta mínima

La causa por la que se ha integrado esta prestación en el IMV -y que se explica en el Real Decreto Ley 20/2020- es «evitar duplicidades». El Gobierno señala que la puesta en marcha de la renta mínima «exigirá también una progresiva reordenación del conjunto de ayudas estatales cuyos objetivos se solapan con los de esta nueva política». De esta forma, el proceso arranca «con la supresión de la actual prestación de la Seguridad Social por hijo. O por menor acogido a cargo sin discapacidad o con discapacidad inferior al 33%».

Las familias que cumplan los requisitos para cobrar la renta mínima podrán solicitarla a la Seguridad Social en sus oficinas o a través de la sede electrónica. Para poder pedir el IMV hay que ingresar mensualmente una cantidad inferior a la de la renta garantizada para su tipo de hogar. Y contar un patrimonio máximo por debajo del permitido en su tramo. Para determinar el nivel de patrimonio de cada hogar se suman los ahorros de todos los miembros en cuentas bancarias y depósitos; acciones, seguros, fondos de inversión, planes de pensiones y sistemas alternativos similares. Y, finalmente, los inmuebles al margen de la vivienda habitual.

Niveles de renta y patrimonio

El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, ha afirmado que se ajustarán al alza los niveles de renta y patrimonio que permiten acceder a esta prestación porque el Gobierno está rechazando más solicitudes «de lo que probablemente pensábamos». Buena parte de estas peticiones se rechazan porque los solicitantes tienen una renta; o un patrimonio neto -excluida la vivienda- mayor de lo que se presuponía cuando se diseñó la prestación.

El importe de las ayudas fluctúa dependiendo de diferentes criterios, pero en cualquier caso garantizarán unos ingresos mínimos mensuales de 469,93 euros como mínimo (que corresponde los adultos que viva solos). Y 1.033,85 euros como máximo (para familias de dos adultos y tres o más niños o tres adultos y dos o más menores).

Por ejemplo, en el caso de una unidad familiar de una sola persona que ingrese 200 euros al mes; esta nueva ayuda aportará los 269,93 euros que restan para alcanzar el umbral mínimo fijado por ley.

Estas son las nuevas ayudas por tener un hijo a tu cargo