Evita multas: Todos los límites de velocidad en España
La DGT ha hecho público un gráfico en el que queda patente como han quedado los límites de velocidad en el país
España, situado en una posición intermedia en cuanto a límites de velocidad en Europa, hace más de un año modificó alguno de los límites más importantes, como el de las vías convencionales los cuales se han reducido a un máximo de 90 km/h.

La DGT ha hecho público un gráfico ilustrativo donde se aplica obviamente la nueva normativa que introdujo la modificación del artículo 48 del Reglamento General de Circulación, tras la aprobación previa en Consejo de Ministros.
En dicho gráfico podemos apreciar todos los límites de velocidad en función a los distintos vehículos y sus restricciones, así como los diferentes tipos de vía.
La principal novedad introducida este año ha sido el nuevo límite de velocidad reducido a 90 km/h en carreteras convencionales. Eso sí, tanto coches como motos pueden superarlo en 20 km/h al adelantar siempre que el coche precedente circule por debajo de 90 km/h.
Nada que ver con los 80 km/h para caminoes, furgones y furgonetas, autocaravanas con MMA superior a 3.500 kg, vehículos con remolque, articulados y resto de vehículos especiales.
Asimismo, en autopistas y autovías, el límite permanece en 120 km/h, salvo para autobuses, derivados de turismo y mixtos adaptables (con límite de 100 km/h), y de 90 km/h en el caso de camiones, furgones y furgonetas, autocaravanas con MMA superior a 3.500 kg, vehículos con remolque, articulados y resto de vehículos especiales.
En el caso de bicicletas y ciclomotores, la DGT especifica que nunca podrán superar los 45 km/h, con la excepción de que las bicicletas solo podrán circular por autovías, salvo prohibición expresa.
