Fases del Proceso Penal Español
Instrucción y Juicio Oral: ¿qué son?
En nuestro país, el proceso penal se estructura en dos grandes fases: instrucción y juicio oral. En la primera de ellas, se prepara el procedimiento por un Juez para que en la segunda fase, otro juez lo enjuicie y decida si los hechos constituyen o no un delito sancionado por nuestras leyes penales.

En la Fase de Instrucción se prepara el procedimiento: por norma general, esto se hace en un Juzgado de Instrucción. En esta fase, se realizarán diligencias de investigación que correspondan para el esclarecimiento de los hechos. Se regula en los artículos 299 y ss. de la Ley de Enjuiciamiento Criminal – LECRIM.
En la Fase de Juicio Oral, se entiende que puede haber indicios de comisión de un delito tras la Instrucción y se enjuician los hechos. Se regula en los artículos 649 y ss. de la LECRIM. Según el delito del que se trate y la pena en abstracto, podrá enjuiciar un Juzgado de lo Penal (hasta 5 años), Audiencia Provincial, o en otros casos la Audiencia Nacional, los Tribunales Superiores de Justicia o el Tribunal Supremo.
Así, el proceso para mantener todas y cada una de las garantías, se divide en dos, y para evitar la contaminación del juez que dirigió todas las diligencias (por ejemplo, ‘pinchar’ un teléfono o tomar declaración a alguien), se encarga el enjuiciamiento a otro órgano judicial.
Este es el último post de 2018, ¡nos vemos en 2019! Feliz año a todos!
