lunes. 23.03.2026

Atención pensionistas: la desconocida razón por la que puedes perder la pensión por viudedad

La Seguridad Social ha aclarado los motivos por los que puedes perder la pensión por viudedad en este 2024

Una pensionista preocupada por el estado de su pensión de viudedad
Una pensionista preocupada por el estado de su pensión de viudedad

La pensión de viudedad es una de las ayudas económicas facilitadas por la Seguridad Social para salvaguardar la economía de las personas cuyas parejas han fallecido. Esta prestación, de carácter vitalicio si se cumplen a lo largo del tiempo sus requisitos, se otorga cuando la persona que generaba los principales ingresos del hogar fallece. En España, también en Jerez de la Frontera, son más de 1,5 millones de personas las que todos los meses reciben esta prestación, siendo el 96% de ellas mujeres.

Ante al gran importancia que tiene esta pensión para las personas que pierden un ser querido, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha dejado claro varios motivos, entre ellos uno bastante desconocido, que podría llevarnos a perder esta prestación en 2024. En el caso de que no se cumplan con los requisitos establecidos, el organismo estaría en todo su derecho de quitar definitivamente la pensión de viudedad a quién la esté cobrando.

Eso sí, debemos tener en cuenta que la pensión por viudedad se puede compatibilizar con cualquier renta de trabajo y con la pensión de jubilación o incapacidad permanente a las que se tenga derecho, siendo la cuantía a recibir el 52% de la base reguladora de la persona fallecida, pudiendo llegar hasta el 70% en determinados casos.

Requisitos para no perder la pensión de viudedad

La pensión de viudedad está considerada una pensión vitalicia, que se puede cobrar toda la vida, aunque tiene ciertos matices que deben cumplir tanto el fallecido como la persona que va a cobrar la prestación. En este sentido, se deben cumplir todos los requisitos que la Seguridad Social expone en la web oficial de la Sede Electrónica para no perder esta vital prestación para una gran parte de la sociedad.

Una mujer pensionista de la pensión de viudedad
Una mujer pensionista de la pensión de viudedad

Entre los requisitos más destacados para optar a esta ayuda se encuentran: ser mayor de 61 años o menor, siempre que se tenga reconocida una pensión de incapacidad permanente absoluta o de gran invalidez o acreditar una discapacidad del 65%; la pensión de viudedad debe ser la principal o única fuente de ingresos, y por último, tener un matrimonio o pareja de hechos cuyos ingresos no superen dos veces el importe del SMI.

El desconocido motivo por el que puedes perder la pensión de viudedad

La pensión de viudedad nace para compensar la pérdida económica provocada por la muerte de la pareja. No obstante, si se contrae matrimonio o se empieza una relación de hechos con otra persona, esta ayuda dejará de percibirse, pues se da por hecho que la nueva pareja asume las obligaciones económicas del matrimonio.

Mujer mayor preocupada por la bajada de las pensiones en febrero de 2024
Una mujer pensionista de la pensión de viudedad

Para que esto ocurra, se requiere una convivencia estable durante al menos 5 años con dicha persona, registrarse como pareja en la Comunidad Autónoma o Ayuntamiento correspondiente con dos años de antelación o suscribir un documento público que confirme la relación.

Una vez expuesto el desconocido requisito para poder seguir cobrando una pensión por viudedad, la Seguridad Social ha aclarado a los beneficiarios las 3 razones más conocidas por las que el organismo puede llegar a quitar la pensión de viudedad a quienes no cumplan con las directrices establecidas.

Pensionista preocupada por el último aviso de la Seguridad Social
Pensionista preocupada por el último aviso de la Seguridad Social

Motivos por los la Seguridad Social te puede quitar la pensión de viudedad

  • Ser declarado culpable, por sentencia firme, de la muerte de la pareja.
  • Por comprobar que el trabajador no ha fallecido o desaparecido en accidente. En este caso, si el fallecido desaparecer en un accidente y después de 90 días no hay noticias suyas, se concede la pensión de viudedad, pero de comprobarse lo contrario se procederá a la retirada.
  • Por condena, en sentencia firme, de cometer un delito de homicidio o lesiones contra la persona de la que va a recibir la pensión, salvo en caso de que hubiese reconciliación entre ambas partes.

Más allá de los requisitos previos exigidos para cobrar la pensión de viudedad, tales como que la pareja estuviese dado de alta y haber cotizado un tiempo mínimo, salvo en casos de accidentes laborales o enfermedades comunes, cuyo tiempo va de cinco años a ninguno, la Seguridad Social obliga a cumplir todas estas condiciones a lo largo del tiempo para mantener la pensión de viudedad.

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