La pensión de viudedad está considerada como una de las ayudas económicas fundamentales de la Seguridad Social. Esta pensión permite salvaguardar la economía de las personas cuyas parejas hayan fallecido. Tiene un carácter vitalicio si se cumplen los requisitos a lo largo del tiempo, otorgándose cuando la persona que generaba los principales ingresos del hogar fallece. En España, también en Jerez de la Frontera, son más de 1,5 millones de personas las que todos los meses reciben esta prestación, siendo el 96% de ellas mujeres.
En estos casos, una gran mayoría de mujeres se han visto obligadas a dejar el mercado laboral para dedicarse al cuidado de sus hijos. Esto afecta de manera negativa a la posibilidad de cobrar una pensión en el futuro. Por este motivo, la Seguridad Social está ofreciendo un complemento extra de hasta 1.800 euros a quienes tienen periodos sin cotizar.
Estas lagunas de cotización en las que no se ha cotizado para la Seguridad Social han dado pie a distintas reformas del sistema de pensiones. Es aquí donde nace el complemento para la reducción de la brecha de género se ha convertido en una de las principales medidas que benefician a las pensionistas de viudedad, pero también a todos aquellos que cobran por una incapacidad permanente o pensión de jubilación.
El complemento de 1.800 euros para pensionistas de viudedad
La pensión de viudedad está pensada para aquellas personas que han estado casadas o han sido pareja de hechos de la persona fallecida, siempre que se cumplan los requisitos. Esta pensión de la Seguridad Social otorga un complemento que tiene como finalidad reducir la brecha de género entre pensionistas.
Esta falta de cotización y los casos de viudedad afectan en su mayoría a mujeres, por lo que el organismo ha lanzado un extra destinado especialmente para ellas. En 2024, este complemento está fijado en 33,20 euros mensuales por cada hijo, con un máximo de cuatro, lo que en total dan una suma de hasta 1.860 euros extras al año.
Esta jugosa cuantía se distribuye en 14 pagas, incluidas las dos extraordinarias de los meses de junio y noviembre, garantizando un extra al margen de la pensión de viudedad durante todo el año. Una ayuda más que necesaria para todas aquellas personas que no han llegado a cotizar lo suficiente a las arcas de la Seguridad Social y han sufrido la pérdida de la persona que generaba los principales ingresos del hogar.
Requisitos para cobrar esta ayuda extra de la Seguridad Social
Este complemento por brecha de género puede cobrarse por todos aquellos que sean beneficiarios de una pensión contributiva anterior. De hecho, podrán recibirlo aquellas personas que cobren, no solo una pensión de viudedad, sino también por los pensionistas de incapacidad permanente o jubilación anticipada, siempre que hayan sido reconocidos a partir del 4 de febrero de 2021.
Tanto hombres como mujeres pueden cobrar este complemento, pero solo uno de los dos podrás beneficiarse de él. En el caso de las madres, estas podrán solicitarlo siempre que estén adscritas a cualquier régimen de la Seguridad Social y sean beneficiarias de una pensión contributiva.
Por la parte de los padres, estos deberán cumplir los mismos requisitos que las madres, siendo su pensión inferior a la de su pareja. En el caso de niños nacidos antes del 31 de diciembre de 1994, será necesario presentar un certificado que acredite lagunas de cotización de al menos cuatro meses entre los nueve meses anteriores al nacimiento o adopción y los tres años siguientes.



