Las empleadas del hogar y las amas de casa forman parte de uno de los grupos más vulnerables en toda España, también en Jerez de la Frontera. Este incansable colectivo se dedica toda la vida al mantenimiento de los hogares, ya sea el suyo propio, o el de otras personas. Sin embargo, todas se hacen una misma pregunta una vez llegadas a la edad de jubilación: ¿puedo cobrar una pensión sin cotización?. Pues bien, en este caso dependerá de la situación individual de cada empleada, ya que es posible que haya casos en los que se ha cotizado pero no lo suficiente para acumular los 15 años exigidos para una pensión contributiva.
En este sentido, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha sentado un importante precedente al permitir que una empleada del hogar pueda percibir una pensión de jubilación con tan solo 500 días cotizados. Pero antes que nada, conviene aclarar que no es lo mismo ser ama de casa que empleada del hogar. En el caso de las empleadas del hogar, estas perciben un salario y cotizan para la Seguridad Social para disfrutar de una pensión en el futuro, mientras que las amas de casa están totalmente desamparadas a ojos de la Administración al no tener nómina y no cotizar.
El Tribunal Superior da una pensión a una persona con menos de 15 años cotizados
Para poder cobrar una pensión de jubilación contributiva de la Seguridad Social es fundamental demostrar 15 años cotizados. El colectivo de las empleadas del hogar es uno de los que más dificultades tiene para alcanzar este periodo. No obstante, una sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha marcado un precedente al permitir que una trabajadora doméstica consiga una pensión contributiva sin llegar al mínimo exigido.
La mujer, nacida en 1956, solicitó una pensión de jubilación ante la Dirección Provincial de A Coruña al Instituto Nacional de la Seguridad Social. El inconvenientes es que esta solo había acumulado 501 días cotizados en du vida laboral, cuando el requisito es cotizar 700 en los últimos 15 años anteriores a la solicitud.
La trabajadora presentó una reclamación previa, que fue rechazada por la Seguridad Social. En cuanto se agotó la vía administrativa, la trabajadora llevó el caso por la vía judicial. En primera instancia, los jueces de lo Social le dieron la razón, reconociendo así su derecho a recibir una pensión. Sin embargo, la Seguridad Social no quedó conforme y presentó un recurso de suplicación, elevando el tema al Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.
De esta manera, los magistrados del tribunal decidieron que se podía aplicar el coeficiente de parcialidad, que viene a ajustar proporcionalmente los días cotizados para quienes trabajaron a media jornada. De esta manera, el Tribunal dictaminó que la aplicación del coeficiente de parcialidad suponía una discriminación indirecta por razón de sexo, asegurando que cada día trabajado debía computarse como un día completo de cotización sin importar la parcialidad de la jornada.
Pensiones no contributivas para empleadas del hogar
Esta resolución marca un serio precedente, pero no es lo normal. En el caso de las empleadas del hogar que no tengan lo suficiente cotizado deben saber que pueden acogerse a las pensiones no contributivas. Estas ayudas están destinadas a quienes tienen bajos ingresos y cumplen con ciertos requisitos.
Para optar a esta pensión, se requiere tener al menos 65 años y residir en España durante 10 años o más, con ingresos anuales por debajo de ciertos límites. En 2024, el límite máximo de ingresos para una persona que vive sola es de 7,250.60 euros al año.
Por ello, estos ingresos se dividen en 14 pagas, lo que equivale a 517.90 euros al mes. En caso de tener ingresos, la cantidad recibida se reduce hasta alcanzar un mínimo del 25%, que son 1,812.65 euros anuales o 129.48 euros al mes.