Un respiro para los bolsillos de los habitantes de la capital de la Alhambra. La Comisión Municipal de Economía, Hacienda, Recursos Humanos, Innovación y Comercio del Ayuntamiento de Granada ha dado su visto bueno a la aprobación inicial de la propuesta de modificación de ordenanzas fiscales números 3 y 4, las relativas al Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) y el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO), que se congelan y cuentan con nuevas bonificaciones de cara a 2026.
De esta manera, se ha dado inicio al procedimiento para la renovación de este reglamento que es esencial a su vez para que la ciudad cuente el año que viene con nuevo presupuesto, un proyecto en el que el equipo de gobierno local, del PP, también trabaja para su presentación al Ministerio de Hacienda, que ha de dar el visto bueno en virtud del plan de ajuste.
La concejal de Economía Rosario Pallarés ha defendido que la congelación de IBI y ICIO, si se tienen en cuenta las correspondientes bonificaciones, supone en la práctica una "rebaja" de estos impuestos municipales, después de que, a finales del pasado diciembre, ya se congratulara de que las ordenanzas fiscales para este 2025 se habían aprobado sin subir "ni un céntimo de euro la presión fiscal" a los granadinos.
Menos presión fiscal para los granadinos
De cara a 2026, según detalló el pasado viernes en rueda de prensa la edil de Economía, hay tres tipos de propuestas de bonificación del punto 3 de las ordenanzas fiscales, que regula el IBI, que se han visto en comisión. La primera va dirigida a los propietarios de bienes inmuebles de protección oficial que sumarán a las bonificaciones con las que ya cuentan un descuento del 50 por ciento durante cinco años cuando sean personas de 65 años en adelante, personas de hasta 40 años o personas con discapacidad mayor o igual al 33 por ciento.
Junto a esto, también se mejorarán las bonificaciones para las familias numerosas tanto para su vivienda habitual como para su segunda vivienda atendiendo al valor catastral de las mismas. Así, en el caso de las viviendas habituales con un valor catastral de hasta 25.979 euros, sus propietarios tendrán una bonificación del 90 por ciento; para las situadas entre 25.980 y 32.474 euros será del 70 por ciento si son de categoría general y del 80 por ciento para las de categoría especial.
Por otra parte, en el caso de la segunda vivienda se añadirá la bonificación siempre que su valor catastral no supere los 60.000 euros, siendo del 25 por ciento para las familias numerosas de categoría general y del 30 por ciento para las de categoría especial. A estas bonificaciones del IBI se suma una tercera del 50 por ciento dirigida a todos aquellos bienes inmuebles de uso residencial destinados a alquiler de vivienda con renta limitada.
Finalmente, hay que añadir que en cuanto al ICIO, el tributo que grava la ejecución de cualquier construcción, instalación u obra, se añade una nueva bonificación del 75 por ciento para todas aquellas obras de rehabilitación de viviendas para uso residencial en el distrito Centro.
