lunes. 23.03.2026

Jaén, a las puertas de sufrir "nuevos daños y perjuicios de difícil reparación para la ciudadanía"

Según los dirigentes populares el convenio "vulnera el principio de igualdad entre administraciones públicas y perjudica económicamente al Consistorio"
La fachada del Ayuntamiento de Jaén
La fachada del Ayuntamiento de Jaén

Una capital, asfixiada por las deudas, y que no parece remontar. El Grupo Popular del Ayuntamiento de Jaén ha presentado un recurso potestativo de reposición para suspender la cesión del servicio municipal de recaudación a la Diputación provincial aprobada en el pleno de septiembre  A su juicio, Jaén está a las puertas de sufrir "nuevos daños y perjuicios de difícil reparación para la ciudadanía"

Según los dirigentes populares el convenio "vulnera el principio de igualdad entre administraciones públicas y perjudica económicamente al Consistorio". En relación a este asunto, el portavoz del Grupo Popular, Agustín González, ha señalado que el acuerdo otorga un "poder decisorio prevalente" a la Diputación, dado que el gerente del servicio provincial de recaudación "cuenta con un voto de calidad en la comisión de seguimiento del convenio, formada por tres miembros de cada una de las administraciones firmantes".

Este desequilibrio ha sido resaltado tanto por la Tesorería municipal como por el Consejo Económico y Social de Jaén, que en sendos informes advierten de que el convenio "contraviene la igualdad que debe ser inherente a un acuerdo de estas características", motivo por el que el órgano consultivo "planteó en su dictamen la conveniencia de propiciar una igualdad real en el acuerdo".

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Además, el portavoz ha expuesto que el acuerdo implica "incrementar injustificadamente" el gasto de la Administración, que pagará a la Diputación casi 5,3 millones de euros por la recaudación de tributos en concepto de premio de cobranza, cantidad a la que hay que sumar casi tres millones por la recaudación derivada de las multas de tráfico.

Por otra parte, Agustín González ha aclarado que, según lo dispuesto en el artículo 123 de la LPAC, los actos que pongan fin a la vía administrativa "podrán ser recurridos de manera potestativa en reposición ante el mismo órgano que los hubiera dictado", en este caso el pleno del Ayuntamiento, o ser impugnados "directamente en el orden jurisdiccional contencioso-administrativo".

Y considera que "resulta evidente" que con la ejecución del acuerdo, prevista para el 1 de enero de 2026, se ocasionarían daños y perjuicios "de imposible o difícil reparación para la ciudadanía jiennense", de ahí "que afirme que concurren requisitos legales para que el pleno acuerde la suspensión de la cesión".

Finalmente, hay que añadir que González ha valorado como "necesaria" la adopción de esta medida para garantizar "la protección del interés público", que por esta razón justifica el recurso de reposición del Grupo Popular contra el acuerdo "que propicia que el Ayuntamiento de Jaén delegue en la Diputación las facultades en materia de gestión tributaria, liquidación, inspección y recaudación".

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