A la segunda, tampoco, Sánchez
Qué va a ocurrir ahora que el Presidente en funciones no ha recibido el apoyo de la Cámara
A la segunda tampoco, Presidente. El Congreso ha decidido no apoyar a Pedro Sánchez como Presidente del Gobierno. Podría haber sido la primera coalición de gobierno de nuestro país, pero el juego político ha acabado por determinar que no sea así.
Ya hemos hablado del artículo 99 de la Constitución, pero el mismo se desarrolla en los artículos 170 y siguientes de la Resolución de 24 de febrero de 1982, el Reglamento del Congreso de los Diputados.
En concreto, en caso negativo, establece el artículo 172 el mismo supuesto al que alude la Constitución. Si en las votaciones de investidura no se otorga la confianza, se tramitarán sucesivas propuestas con el mismo procedimiento: propuesta, votación por mayoría absoluta y votación, subsidiariamente, por mayoría simple.
En caso de que transcurran dos meses desde la primera votación de investidura sin que un candidato salga elegido, el Presidente del Congreso someterá a la firma del Rey el Decreto de Disolución de las Cortes Generales y convocará elecciones, avisando a su vez al Presidente del Senado.
Ya hablamos de que no es un supuesto nuevo: ya ha ocurrido y puede volver a ocurrir. El problema principal es obvio: el elevado coste que tiene realizar unas elecciones. Así, no parece que en un hipotético nuevo Parlamento se fuere a cambiar la situación, por lo que es posible que los Grupos actuales –y me refiero a todo el hemiciclo-, estén condenados a entenderse.
