jueves. 25.04.2024

2021 se estrena en la DGT con una reforma de gran calado en el Reglamento General de Circulación que supondrá nuevas multas y sanciones para determinadas conductas; comportamientos que antes no estuvieran castigados ahora sí lo estén; así como grandes novedades relacionadas con la obtención de los diferentes carnets de conducir. Un elemento sobre el que se ha puesto el foco en esas reformas es en los llamados detectores de radares, cuya tenencia, que no uso, supondrá una multa de 200 euros y la retirada de tres puntos.

A continuación te contamos las diferencias entre los avisadores, detectores e inhibidores de radares, tres dispositivos que pueden parecer similares pero que nada tienen que ver, y por tanto, mientras que unos son legales, los otros no, además de no acarrar la misma sanción.

Para evitar ser “cazado” por un radar de velocidad, además de respetar los límites de velocidad; aunque un despiste lo puede tener cualquiera, la única opción permitida la tenemos en los llamados avisadores de radar.

Similar a un GPS o portátil

Estos dispositivos, que pueden ser un aparato similar a un GPS portátil, o de forma más extendida una aplicación en nuestro smartphone como Google Maps o Waze, disponen de una base de datos con la ubicación exacta de los diferentes radares fijos; algo que está publicado en la propia web de la DGT. Y nos avisa de forma automática cuando nos acercamos a ellos. Igualmente, es posible que tengan integrada una función tipo “zona con probabilidad de encontrar un radar móvil o camuflado”, es decir, los usuarios pueden alimentar una base de datos con localizaciones donde suelen ver este tipo de controles, algo que sí sería completamente legal, pues no supone revelar la localización exacta de un control de velocidad que se está llevando a cabo en ese mismo instante.

No obstante, la legalidad de revelar la ubicación de un control de drogas, alcohol velocidad en tiempo real es un hecho cuya legalidad está en debate. Y es que varias fuentes apuntan a que la Fiscalía de Seguridad Vial estaría trabajando en un informa para determinarla.

Así pues, el avisador alerta con una señal acústica y/o visual que existe un radar fijo o cierta posibilidad de que haya uno camuflado; y el conductor deberá cerciorarse que circula a la velocidad adecuada para no ser multado.

Detectores e inhibidores prohibidos

Por el contrario, tanto los detectores como los inhibidores están prohibidos, pero vayamos por partes. Comencemos por los inhibidores; unos aparatos que son capaces de detectar la presencia de radares rastreando el espectro electromagnético en busca de las ondas características que emiten dichos cinemómetros. Y una vez que los detectan, ya sean fijos o camuflados, son capaces de inutilizarlos. Dicho de otra forma, con un inhibidor no hace falta ni frenar cuando nos topamos con un radar, pues hace que no funcione.

Si en un control la Guardia Civil, o cualquier otro cuerpo policial competente, detecta que nuestro coche tiene instalado este dispositivo; aunque no lo estemos usando, seremos sancionados con una multa de hasta 6.000 € y la retirada de 6 puntos. Es más, cualquier taller que instale este tipo de dispositivos se enfrenta a una multa de 30.000 €; por lo que uso está evidentemente muy perseguido.

Estas son la grandes multas que prepara la DGT para 2021