viernes. 29.03.2024

La conformidad en el proceso penal español

Explicamos los términos del artículo 787 Ley de Enjuiciamiento Criminal

La conformidad en el proceso penal hace mención a la posibilidad de que el acusado esté de acuerdo con la acusación, evitando así la celebración de juicio y siendo automáticamente culpable.

Este acuerdo suele ser previo a una negociación entre abogado y acusación, por lo que la pena conformada es menor a la que podría ser dictada por el Juez si finalmente el juicio se celebrase.

Está regulada, entre otros, en el artículo 787.1 LECRIM, y es factible para penas inferiores a seis años de prisión, revisando el Juez o Tribunal los requisitos de este artículo y dictando la correspondiente sentencia de conformidad si la calificación es correcta y la pena es procedente.

El acusado deberá prestar su conformidad en el juicio, que se limita a ello, y tras la conformidad se dicta la sentencia, a través de lo cual se le condenará por los hechos más graves por los que se les acusa.

La conformidad se emplea mucho en el proceso penal para evitar el juicio (mejor un mal acuerdo a un buen juicio), y tiene especialidades, por ejemplo, en Juicios Rápidos, de los que ya hablamos aquí, en los que se pueden obtener rebajas sustanciales de condena.

Las sentencias de conformidad no se pueden recurrir salvo por defectos de forma o términos, nunca por el fondo.

La conformidad en el proceso penal español