jueves. 18.04.2024

Los Derechos Reales

Derechos reales, su definición e inclusión en el Código Civil Español

Con los derechos reales, el que tiene el derecho sobre una cosa en concreto, impide a los demás hacer uso de él, a grandes rasgos.

La definición un poco más jurídica es que el derecho real es aquel que un sujeto activo (una persona física o jurídica, por ejemplo) ejerce sobre una cosa determinada (por ejemplo, una vivienda), con respecto a un sujeto pasivo (el resto de personas), quienes tendrán que abstenerse de cualquier uso o disfrute con respecto al mismo.

Se diferencian con respecto a los derechos de crédito, en los cuales podemos solicitar a otra persona, por ejemplo, que nos entregue una cantidad económica.

Quizá la definición es demasiado compleja, y hubiésemos preferido “derechos que no son mentira”, pero en la práctica todos los que leéis este post habéis ejercido algún derecho real alguna vez: sin ir más lejos, la propiedad. Pero por ejemplo, ya hablamos en el blog sobre el usufructo, que es uno de los derechos reales más conocidos, por lo que este tema no es nuevo.

Los derechos reales se recogen en el Código Civil fundamentalmente, aunque su regulación está dispersa en el mismo, encontrándose tanto en el Libro II como en el Libro IV del mismo.

Los Derechos Reales