Reflexión sobre la libertad provisional de los investigados por agresión sexual en Bilbao
Lejos del normal comentario jurídico objetivo, hoy #enteladejuicio reflexionamos sobre prisión o libertad provisionales
Un comentario sobre la puesta en libertad de algunos de los sospechosos de agresión sexual en Bilbao ha de realizarse desde un punto más cercano a la reflexión que al comentario objetivo sobre la Ley.
Esta reflexión la hago desde el debate sobre la siguiente frase: el “entran por una puerta y salen por otra”, que ha aparecido en medios y redes sociales esta semana.
¿Entran por una puerta y salen por otra? Los procedimientos penales (el trámite que hay que seguir para condenar/absolver a alguien) son muy garantistas y, en consecuencia, lentos en su mayoría. Por tanto, mientras se tramita el mismo, hay varias opciones, a destacar dos: la prisión provisional y la libertad provisional (‘con cargos’). Esto es importante: no hay sentencia aun.
Así, es lógico que un investigado sea detenido, declare en Comisaría y posteriormente en el Juzgado (o incluso que se acoja a su Derecho a no declarar) y que el Juez de Instrucción (quien prepara el pleito para su posterior Juicio) entienda que no es estrictamente necesaria la prisión provisional.
La prisión provisional es algo muy serio, puesto que puede darse el caso de encarcelar provisionalmente a quien es inocente o a quien, tras el procedimiento penal, no vaya a poder ser condenado. Nunca puede ser empleada como un “anticipo de la pena”. Su régimen se recoge en los artículos 502 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, y exige ciertos requisitos que, como hemos podido ver, sí que se dan en este procedimiento con respecto a 2 de los acusados, pero no con todos.
Las garantías y derechos procesales nos asisten a absolutamente todos. Y debemos incidir en que nadie ha sido condenado o absuelto ya, porque no hay sentencia. Literalmente, no ha habido tiempo. Lo que sí se han dado son los Autos de prisión o de libertad provisionales.
Este tema parece ser inagotable y se repite con cada caso conflictivo que aparece en medios. No entran por una puerta y salen por otra: es que o bien no han entrado aún, u obligatoriamente tienen que salir porque no se dan los criterios estrictamente legales.
